Claudia Espino, la propuesta de Taddei a la Secretaría Ejecutiva del INE
CIUDAD DE MÉXICO, 20 de septiembre de 2016.- Este martes, la senadora Iris Vianey Mendoza del GPPRD, a nombre propio y de varios legisladores de diversos grupos parlamentarios, así como de ONG’s; presentó, una Iniciativa compuesta de un amplio paquete que reforma 23 ordenamientos para generar la legislación que tutele integralmente los derechos de las víctimas en nuestro país, informó la senadora a través de un comunicado.
En el contexto de análisis de la legislación victimal y la expedición de una ley para la desaparición, los 23 ordenamientos de diversa índole aportan elementos para enriquecer el estudio de estas leyes, así como a otras cuyo contenido se relaciona con la protección integral a quienes están sufriendo por los hechos victimizantes que ya he mencionado.
Desde que se expidió la Ley General de Víctimas, quedaron establecidas las reformas legales federales y locales que tendrían que acompañar el ejercicio efectivo de los derechos tutelados en la ley; sin embargo, aún no hemos avanzado en este camino. En el documento emitido por nuestra Secretaría parlamentaria Legislación Pendiente de Expedir a partir de disposiciones constitucionales y legales aprobadas por el Congreso de la Unión, numeral 11, encontramos los pendientes de legislar para completar la Ley General de Víctimas.
Se propone reformar la legislación de los institutos nacionales de salud, es decir, la Ley General de Salud, la Ley del Seguro Social, la del ISSSTE, y la de seguridad social de las Fuerzas Armadas, con ello se protegerán los derechos a la salud y a la seguridad social de quienes mueren o son reportados como personas desaparecidas.
Las leyes de Educación, de Desarrollo Social, de Vivienda, de Ayuda Alimentaria para los Trabajadores, todas ellas fundamentales para generar una política pública en el ámbito social y se pueda proveer de las bases para recuperación de condiciones dignas de vida y puedan las y los hijos de las víctimas mantener su actividad escolar, o si son desplazados por la violencia en sus zonas de origen, puedan contar con programas de vivienda y tener acceso a oportunidades de desarrollo económico y social.
Para ampliar con representantes de colectivos de víctimas el Consejo Nacional de Seguridad Pública, así como lograr que el registro administrativo de detenciones sea un instrumento generado en tiempo real, por ello en razón de ello, se propone reformar la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública.
Para crear la figura civil para reconocer la personalidad jurídica de las víctimas de desaparición a través de la declaración especial de ausencia, con el fin de ejercer los derechos patrimoniales y familiares de persona ausente y así salvaguardar los intereses esenciales del núcleo familiar, se propone la reforma a los códigos Penal Federal; Federal Procedimientos Penales, ahora Nacional de procedimientos penales, Civil Federal y el Federal de Procedimientos Civiles.
También queremos aportar elementos que puedan ser incorporados a la legislación federal en materia civil y civil procesal como base de la eventual legislación local, y por existir supletoriedad de esta legislación civil federal en el caso de otras legislaciones como la de amparo o comercial.
Con el objetivo de aliviar la carga crediticia que significa para los familiares la muerte dolosa o la privación ilegal de la libertad de la persona que titulaba un crédito, se propone la reforma a la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, por lo que solicitaríamos a la comisión de dictamen competente, pudiera considerar prioritaria la discusión y análisis de este tema con el objetivo de emparejarlo con la reforma a la ley victimal.
Se incorpora una reforma tanto a la ley sanitaria como en el Código Federal Penal, elementos que, basados en la experiencia concreta de las familias, aportan contenido a combatir inhumaciones oficiales cargadas de irregularidades o clandestinas, a penalizar la atrocidad de la eliminación completa de los seres humanos, así como a regular procedimientos dignos para personas fallecidas sin identificar que se cuentan por miles.
Para todo ello, se estarían reformando el Código Penal Federal, Código Civil Federal, Código Nacional de Procedimientos Penales, Código Nacional de Procedimientos Civiles, Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, Ley de Amparo y Ley General de Salud.
Entre las modificaciones legales, se está incluyendo un paquete cuya base son las reformas a las leyes general de Transparencia y Acceso a la Información y la de Protección de Datos Personales en Posesión de Particulares, porque en la búsqueda y localización de personas desaparecidas o de personas secuestradas, la información sobre el uso de tarjetas bancarias, de teléfonos móviles, de huellas digitales, puede hacer la diferencia entre la vida o la muerte.
Al entender la importancia de proteger los datos personales, se propone adicionar a estas leyes, la excepcionalidad de proporcionar esta información para la búsqueda de personas reportadas como desaparecidas, y se acompaña de cada una de las leyes que regulan esta información, la federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión para la telefonía celular, la de Instituciones y Procedimientos Electorales para la información dactiloscópica, la de Instituciones de Crédito para la información de tarjetas crediticias o de débito y, con el mismo respeto, solicitaríamos a nuestros colegas de las comisiones de dictamen, pudieran considerar de alta importancia avanzar en el análisis de las propuestas.
Por último, se propone reformar la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos pues ninguna regulación que se pretende sea realmente exigible y justiciable, puede omitir las responsabilidades de quienes, teniendo obligación de cumplir con las leyes, no lo hacen.
Su objetivo expreso es hacer exigibles y justiciables los derechos desde la perspectiva de los principios constitucionales de universalidad, indivisibilidad, interdependencia y progresividad de los derechos humanos y su ejercicio, así como de las obligaciones de las instituciones del Estado de promover, proteger, garantizar y respetar los derechos, en este caso de las víctimas, con base en el principio pro persona.