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CIUDAD DE MÉXICO, 4 de marzo de 2025.- El Servicio de Administración Tributaria (SAT) lanzó un llamado a las empresas a presentar a tiempo su Declaración Anual, para lo cual implementó mejoras a los formularios de la Declaración Anual de empresas 2024, con la finalidad de facilitar a las y los contribuyentes el cumplimiento de sus obligaciones fiscales.
Señaló que, del 1 de enero y hasta el 31 de marzo las empresas deben presentar la Declaración Anual, la cual cuenta con precarga de información en los siguientes rubros:
Dentro de los formularios se pueden visualizar las siguientes modificaciones:
• En el Régimen General, apartado Gastos, se incluyó un campo denominado Devoluciones, descuentos y bonificaciones, en el que se encuentra la precarga del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) de tipo ingresos y egresos con método de pago en una sola exhibición (PUE) y pago en parcialidades o diferido (PPD).
▪ En la sección referente a la Participación de los Trabajadores en las Utilidades pagada, PTU pagada, se agregó el campo PTU no deducible.
El formato de este año conserva la funcionalidad del apartado “Remanentes de las pérdidas fiscales de ejercicios anteriores”, con la que se agrega información de los ejercicios de 2014 a 2023.
▪ Por otra parte, las personas morales inscritas en el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) que estén en proceso de liquidación, pueden encontrar en el formulario el campo “Nómina deducible de periodos anteriores”. Este campo incluye la nómina acumulada correspondiente al periodo de liquidación. Además, dentro del apartado “Gastos” se agregó la sección “Devoluciones, descuentos y bonificaciones”, la cual contiene la precarga de los pagos provisionales.
Estas funcionalidades mejoran cada año para que las y los contribuyentes visualicen la información que es administrada por el SAT. Así se facilita la identificación de algunas deducciones aplicadas y se mantiene la precarga en estados financieros para dar mayor certeza.
Para realizar el envío de la declaración a través del Portal del SAT en sat.gob.mx es necesario contar con la firma electrónica (e.firma) activa. También, se recomienda estar al corriente con: las declaraciones de pagos provisionales, las declaraciones anuales del ISR de ejercicios anteriores, las declaraciones de retenciones de pagos realizados por arrendamiento, por honorarios, RESICO de personas físicas, los sueldos y salarios, asimilados y dividendos.
Las empresas deben tener servicio de banca electrónica ya que, de obtener un saldo a cargo, este debe solventarse por transferencia electrónica, a través del banco de su preferencia.