Suspensión de orden de aprehensión contra Yunes, por amparo: Cuitláhuac
CIUDAD DE MÉXICO, 9 de agosto de 2016.- México tiene un compromiso y una deuda con sus pueblos y comunidades indígenas, cuyo cumplimiento necesariamente pasa por el reconocimiento, protección y vigencia de sus derechos, tanto individuales como colectivos, advirtió el titular de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), Luis Raúl González Pérez.
La CNDH presentó la Recomendación General número 27 “Sobre el Derecho a la Consulta Previa, Libre, Informada, Culturalmente Adecuada y de Buena Fe de los Pueblos y Comunidades Indígenas de la República Mexicana”, que propone la incorporación expresa de dicho derecho dentro del sistema jurídico mexicano, mediante la elaboración de leyes específicas sobre el mismo, tanto a nivel federal como local, sustentadas en los más altos estándares de protección tanto nacionales como internacionales, como la vía para que tal prerrogativa adquiera la vigencia y efectividad que le es debida.
En el marco del Día Internacional de los Pueblos Indígenas, que se conmemora este martes, el Ombudsman nacional, Luis Raúl González Pérez, señaló que hacer efectivo y verdaderamente vigente el derecho a la consulta previa, mediante la creación de un marco jurídico que dé sustento y certidumbre al ejercicio del mismo, “nos acerca a esa Nación pluricultural, con conciencia de su identidad indígena contenida en el artículo 2° Constitucional”.
González Pérez explicó que el derecho a la consulta previa es el más importante de los mecanismos inherentes al respeto y protección de los derechos humanos de los pueblos indígenas, y constituye uno de los ejes que sustenta el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), cuyo contenido el Estado mexicano está obligado a cumplir y hacer vigente.
“La consulta no puede ser vista como una mera formalidad o un requisito procedimental. Como se refiere y detalla en la Recomendación General que hoy se presenta, la consulta debe cumplir con cuando menos cinco características para satisfacer el objetivo que persigue y es que sea previa, libre, informada, de buena fe y culturalmente adecuada. Un proceso que no cumpla con estas características implica por sí mismo una violación a los derechos humanos de las personas y de los pueblos y comunidades indígenas”, aseguró.
González Pérez, quien estuvo acompañado por la Cuarta Visitadora General de la CNDH, Norma Inés Aguilar León, señaló que en el análisis de distintos casos que dieron origen a la Recomendación General 27 y otros que no fueron motivo de queja ante esta Comisión Nacional, se identificó que las autoridades, mediante prácticas que deben evitarse, vulneran el carácter previo de la consulta, el carácter libre de ese derecho, información clara, precisa y completa, no se cumple con el elemento de buena fe y las consultas carecieron de procedimientos culturalmente adecuados.
“Para la Comisión Nacional de los Derechos Humanos –añadió González Pérez—, esto no es ni puede ser una cuestión menor. La consulta, es una herramienta que busca garantizar el respeto de los derechos de pueblos y comunidades indígenas, al propiciar su participación en las decisiones que se toman en el contexto social del cual forman parte, de tal forma que puedan preservar su identidad cultural y alcanzar un verdadero desarrollo sustentable”.