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CIUDAD DE MÉXICO, 7 de enero de 2022.- No existe hecho, prueba o testimonio que vincule a José Manuel del Río Virgen de forma alguna con lo que se le acusa, que es el presunto homicidio del candidato a presidente municipal de Cazones de Herrera, de acuerdo a las evidencias compiladas por la Comisión Especial del Senado de la República, para determinar la existencia de abusos de autoridad y violaciones al Estado de Derecho en Veracruz.
El Grupo de Trabajo que preside el senador Dante Delgado Rannauro constató que la detención del Secretario Técnico de la Junta de Coordinación Política (Jucopo) es una muestra más del abuso de poder de las autoridades estatales.
El equipo legislativo, que también integran los senadores: Eduardo Ramírez Aguilar, Miguel Ángel Mancera, Julen Rementería, Raúl Bolaños Cacho Cué, Beatriz Paredes Rangel y Sasil de León Villard, reafirmó que se trata de una injusticia que el juez de control del Décimo Primer Distrito Judicial en Xalapa, Francisco Reyes Contreras, le haya dictado auto de vinculación a proceso.
La Comisión Especial detalló que al momento de tomar la decisión de vincular a proceso a José Manuel del Río, el juez se limitó a dar lectura de sus argumentos, lo que realizó con notorias dificultades, por lo que se puede inferir que desconocía el contenido del documento.
En su pronunciamiento, refutó que no expresa nada sustancial para el fondo del asunto, lo que confirma y demuestra que las imputaciones se basan simplemente en conjeturas, sin ningún elemento de convicción objetivo que siquiera ponga en tela de juicio su derecho a la presunción de inocencia.
Los senadores concluyeron que el juez de control, quien expresamente reconoció y resolvió que en la carpeta de investigación no existe ninguna prueba que señale a José Manuel del Río Virgen como autor intelectual del homicidio, planteó alrededor de siete teorías para sostener dicha imputación, de las cuales ninguna fue planteada por los fiscales en la audiencia, en la petición de orden de aprehensión o en la misma imputación.
Con las evidencias compiladas, la Comisión Especial de senadores sentenció que en el caso de Del Río Virgen se violentó el principio in dubio pro reo (en caso de duda, a favor del acusado) que expresa la obligatoriedad de probar los hechos.
Aunado a lo anterior, en el caso de que no haya pruebas suficientes para demostrar la presunta participación de alguien en la comisión de un delito, la decisión judicial deberá favorecer siempre al acusado.
Sobre ese principio jurídico, la Suprema Corte de Justicia de la Nación estableció en su jurisprudencia P. VIII/2018 (10a.) que forma parte del derecho fundamental a la presunción de inocencia y, como tal, goza de jerarquía constitucional derivada del artículo 20, Apartado B, fracción I, de nuestro máximo ordenamiento jurídico.
La Comisión Especial del Senado advirtió que continuará con su labor de documentar todos los casos de probable abuso de autoridad en el estado de Veracruz, en estricto apego a sus facultades constitucionales.