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CIUDAD DE MÉXICO, 8 de enero de 2017.- El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) ordenó al Fideicomiso de Apoyo a Deudos de Militares Fallecidos o a Militares que Hayan Adquirido una Inutilidad en Primera Categoría en Actos del Servicio Considerado de Alto Riesgo dar a conocer los montos pagados a familiares de cada uno de los militares fallecidos y elementos que adquirieron alguna inutilidad, en operaciones del combate a la delincuencia organizada, entre el 1 de enero de 2006 y el 27 de julio de 2016.
Para ello, el Fideicomiso deberá entregar, mediante la Plataforma Nacional de Transparencia, versiones públicas de cada una de las actas emitidas por su Comité Técnico, en las que se estudia cada incidente y se determinan los montos a pagar, además de los documentos de los que se desprenda el rango del elemento, lugar y fecha de fallecimiento o inutilidad provocada.
Al presentar el caso ante el Pleno, el comisionado Oscar Guerra Ford aseguró que es obligación del Fideicomiso rendir cuentas sobre los montos otorgados como apoyo económico, dado que se trata de recursos públicos.
Expuso que de enero a diciembre de 2015, se otorgaron recursos por más de 20.6 millones de pesos en beneficio de 16 militares incapacitados en primera categoría y de derechohabientes de 42 elementos que fallecieron en actos de servicio, considerados de alto riesgo.
El particular que solicitó conocer los datos referidos se inconformó por la modalidad de entrega ofrecida respecto de las versiones públicas de las actas puestas a su disposición, argumentando que él había solicitado la entrega de la información en medios electrónicos y, no en copias simples como le fueron ofrecidas.
Además, el solicitante señaló que no se le dieron a conocer todos los contenidos de información requeridos.
Previo al análisis, la ponencia a cargo del caso formuló un requerimiento de información adicional al ente público, a fin de que precisara si las actas contaban con todos los datos requeridos; el Fideicomiso no atendió el requerimiento ni presentó alegatos.
De este modo, en el análisis del caso se tomó como referencia el estudio de las actas presentadas ante este Instituto para la resolución de un recurso interpuesto en 2015.
Derivado de lo anterior, se observó que dichas actas son emitidas por el Comité Técnico del Fideicomiso, por cada caso de fallecimiento o inutilidad de un militar, y en las mismas se determina si se brinda o no el apoyo económico; en caso afirmativo, se precisa la cantidad a otorgar.
Por tanto, se concluyó que con dichos documentos se puede atender lo requerido en cuanto al monto pagado por cada incidente.
Si bien, se consideró viable la entrega de las actas, lo cierto es que el Fideicomiso las puso a disposición del particular en una modalidad distinta a la que él había precisado sin justificar dicho cambio.
Adicionalmente, se determinó que las actas no contienen todos los datos requeridos, como el rango del elemento, lugar y fecha de fallecimiento o inutilidad provocada, por lo que se deben buscar los documentos de los que se puedan desprender.
Por tanto, el Pleno del INAI revocó la respuesta del Fideicomiso de Apoyo a Deudos de Militares Fallecidos o a Militares que Hayan Adquirido una Inutilidad en Primera Categoría en Actos del Servicio Considerado de Alto Riesgo y le instruyó entregar al particular la información a través de la Plataforma Nacional de Transparencia; en caso de que exista algún impedimento para ello, deberá exponer las razones.
Asimismo, y dado que las actas no contienen todos los datos solicitados, el ente público deberá buscar y proporcionar los documentos que contengan el rango del elemento, lugar y fecha de fallecimiento o inutilidad provocada, elaborando las versiones públicas en caso de que sean necesarias.