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CIUDAD DE MÉXICO, 30 de diciembre de 2023.- El PAN presentó nueve solicitudes de medidas cautelares contra Claudia Sheinbaum Pardo por la presunta vulneración al interés superior del menor de edad, derivado de diversas publicaciones en los perfiles de las redes sociales X, TikTok, Instagram, Facebook y YouTube de la denunciada.
La Comisión de Quejas y denuncias del INE determinó como procedente ordenar el retiro de un video alojado en TikTok, pues la denunciada no aportó los documentos de consentimiento que justificaran la aparición de la persona menor de edad que sí es identificable.
De la misma forma, consideró procedente la solicitud de medidas cautelares en su vertiente de tutela preventiva para evitar situaciones en las que se puedan poner en riesgo los derechos de niñas, niños, y adolescentes.
Por lo anterior, se ordenó a la referida precandidata a que durante toda su participación en el Proceso Electoral Federal que actualmente se desarrolla, recabe, previo a la difusión de materiales con contenido similar, las autorizaciones correspondientes de las personas menores que aparezcan en las publicaciones que realice por cualquier medio. Y en caso de no contar con éstas, edite las imágenes o videos de manera que no sean identificables.
La Comisión de Quejas y Denuncias resolvió, por unanimidad de votos, 20 medidas cautelares solicitadas por diversos partidos y ciudadanos, por la aparente comisión de actos anticipados de campaña, vulneración a los principios de neutralidad y equidad en la contienda, uso indebido de la pauta y vulneración al interés superior del menor de edad, así como seis medidas cautelares relacionadas con los principios de imparcialidad e independencia.
Los integrantes de la Comisión también determinaron como improcedente ordenar el retiro de ocho videos alojados en TikTok, X, Facebook y YouTube. En cuatro de los casos en razón de que no es posible identificar a las personas menores de edad, y en los otros cuatro por tratarse de actos consumados, puesto que ya no es visible o consultable su contenido.
Publicaciones de Xóchitl Gálvez en redes sociales, preliminarmente, no configuran vulneraciones en materia electoral
Dos ciudadanos presentaron ocho quejas en contra de Bertha Xóchitl Gálvez Ruiz, precandidata única a la presidencia de la República, mismas que derivan de expresiones emitidas durante diversos eventos, su difusión en las redes sociales YouTube, Facebook y X de la denunciada, la omisión de a quién van dirigidos los mensajes y la calidad del cargo que ostenta, así como por la supuesta vulneración al interés superior del menor de edad.
La Comisión de Quejas y Denuncias consideró improcedente ordenar el retiro de las publicaciones, así como aquellas de similar naturaleza ya que, preliminarmente en los contenidos no se advierte que se hagan llamados de forma expresa al voto y se posicione a favor o en contra de opciones políticas, por lo que las manifestaciones referidas se consideran genéricas, lo que, en principio, está amparado por la libertad de expresión.
En una de las quejas también se denuncia el uso estratégico de la expresión “claudicar”, a efecto de hacer referencia a la precandidata de MORENA. Al respecto, preliminarmente, no se advierte que demerite a la precandidata o que implique un llamado implícito a no votar por dicha opción política. Asimismo, se analizó que en los materiales se identifica a la denunciada como precandidata única y el mensaje a quienes va dirigido.
Cuestión similar se resolvió en el asunto sobre el uso de la palabra “ellos”, pues no se aprecia de manera directa a quiénes se trata o a quiénes se dirigen las expresiones. Tampoco contienen por sí mismas, preliminarmente, un posicionamiento de la denunciada que configure actos anticipados de campaña, toda vez que las mismas son de carácter genérico.
En cuanto a la supuesta vulneración al interés superior del menor de edad, que deriva de la publicación de un video en su cuenta de la red social X, realizada el 12 de diciembre de 2023, se consideró improcedente su retiro pues no es posible identificarlos plenamente. En todos los casos, sobre la solicitud de la tutela preventiva, resultó igualmente improcedente ya que, de manera preliminar, no se advierte una evidente ilegalidad, aunado a que se trata de hechos futuros de realización incierta.
Finalmente, por cuanto hace a una publicación en la red social Facebook de Xóchitl Gálvez Ruiz, realizada el 4 de diciembre de 2023, se consideró procedente su retiro al advertirse la aparición de personas menores de edad respecto de las cuales no se cuenta con las pruebas necesarias para acreditar satisfactoriamente el otorgamiento de su consentimiento y la autorización o permiso de sus padres para participar en la propaganda denunciada.