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CIUDAD DE MÉXICO, 20 de mayo de 2019.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenó al Congreso de la Unión que en próximo periodo ordinario de sesiones, legisle para establecer parámetros para fijar los salarios del Presidente de la República y de los servidores públicos federales.
Los siete Ministros se pronunciaron sobre la invalidez de la Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos por considerar que existen omisiones legislativas.
El Pleno invalido los artículos 6, párrafo primero, fracciones II, III y IV, incisos b y c párrafo último, y 7, párrafo, primero, fracción I inciso a II y IV, de la ley por considerar que permiten el establecimiento “discrecional de remuneraciones”.
Al concluir el análisis de las impugnaciones de la Ley Federal de Remuneraciones, el órgano judicial determinó que los créditos y prestamos no podrán ser considerados como parte de las remuneraciones de los servidores públicos, tal y como lo alude el artículo 12 de la ley federal, lo cual contraviene a la Constitución.
Por considerar que violan el principio que de que la normatividad deber ser clara y precisa, la SCJN también invalidó los artículos 217 bis y 217 ter. del Código Penal Federal, donde se establecían penas por hacer pagos de sueldos y prestaciones en exceso o por no reportar aquellos recibidos en demasía.
El Pleno refirió que son imprecisos los artículos sobre el «delito de remuneración excesiva» publicados en el Diario Oficial de Federación el 5 de noviembre de 2018.
Los Magistrados advirtieron que una de las imprecisiones para determinar los salarios de los funcionarios federales reside en que tampoco existe un apartado especial para los juzgadores.