Revira Fernández Noroña ante amago de Trump sobre aranceles
href=»http://mexico.quadratin.com.mx/wp-content/uploads/2012/06/3-p-tribunal-electoral-tepjf11.jpg»>CIUDAD DE MÉXICO, 20 de junio (Quadratín México).- Aunque el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) reconoció el derecho de los partidos a definir el contenido de sus promocionales, advirtió que utilizan el mayor porcentaje de estos a promover a sus candidatos a la Presidencia en perjuicio de los que van al Congreso de la Unión.
Al resolver un recurso de impugnación del PRI contra un promocional suscrito por los senadores del PAN, cuyo contenido se utilizó para atacar al candidato del PRI a la Presidencia de la República, Enrique Peña Nieto, se pronunciaron por atajar esa inercia en el modelo de comunicación política vigente.
El Artículo 60 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales establece que los partidos políticos deben destinar al menos 30 por ciento de sus mensajes para promover a sus candidatos al Congreso, pero en realidad utilizan prácticamente todos sus mensajes en la contienda presidencial, planteó.
Esa situación resulta una violación al espíritu de la ley, señalaron en diferentes tonos los magistrados durante la sesión de este miércoles.
Sin embargo, el problema fue únicamente planteado con la sugerencia de emprender reformas legales que hagan efectiva esta norma, ya que por lo pronto decidieron privilegiar el derecho de los partidos a definir el contenido de sus promocionales.
El debate surgió a raíz de la impugnación del PRI contra la resolución del Consejo General del IFE que decidió no sancionar al PAN por el spot en el que se afirma que la dirigente vitalicia del SNTE, Elba Esther Gordillo, frena la educación del país y que Peña Nieto ya pactó con ella.
El promocional, se supone, forma parte del tiempo destinado a las campañas electorales para diputados federales y senadores, pero nada tiene que ver con la función legislativa y más bien se enmarca en la lucha por la campaña a la Presidencia de la República.
Por otro lado, los magistrados del TEPJF resolvieron diversos asuntos relacionados con ese mismo problema de fondo y por ahora resolvieron que debe prevalecer la libertad de expresión, además de que no hay una prohibición expresa de que los mensajes destinados a la promoción de los aspirantes al Congreso se ocupen en las campañas presidenciales.
De los 45 recursos de impugnación que los siete magistrados resolvieron durante la sesión de este día, la mayor parte fueron contra los partidos de la Revolución Democrática (PRD), del Trabajo (PT) y Movimiento Ciudadano, que integran la coalición Movimiento Progresista y en favor del Partido Acción Nacional (PAN).
Así, el TEPJF aprobó de manera definitiva el Manual Para la Preparación y Desarrollo de la Sesión Especial de Cómputo Distrital, que fue impugnado por el Movimiento Progresista.
Rechazó también la apelación interpuesta por este movimiento contra la Unidad de Fiscalización de los Recursos de los Partidos Políticos y de la Comisión de Quejas y Denuncias del IFE, por no adelantar resultados en la investigación de los gastos de campaña del candidato del Partido Revolucionario Institucional (PRI), Enrique Peña Nieto.
Además revocó dos resoluciones absolutorias del Consejo General del IFE por actos anticipados de campaña, y por uso indebido de las prerrogativas en radio y televisión al difundir spots que posicionan inequitativamente a los partidos integrantes del movimiento.
El tribunal electoral federal ordenó al Instituto Federal Electoral (IFE) que emita nuevas resoluciones sancionando al movimiento.
También resolvió sancionar al actor Héctor Bonilla y a los partidos que integran el Movimiento Progresista; así como a la asociación civil Morena, con motivo de la difusión de promocionales en periodos prohibidos, no obstante que el IFE se había pronunciado por no sancionar.
En contraparte, la Sala Superior confirmó las resoluciones del IFE para no sancionar al presidente de la República, así como a los panistas Ernesto Cordero y Javier Lozano por presuntos actos anticipados de campaña o propaganda prohibida que les imputaba el PRI.
Qmx/ntx/grr