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CIUDAD DE MÉXICO, 26 de junio de 2018.- De las investigaciones que vinculan al empresario queretano Manuel Barreiro Castañeda y al candidato presidencial, Ricardo Anaya, por operaciones inmobiliarias presuntamente al margen de la ley y de enriquecimiento ilícito, la Procuraduría General de la República (PGR) dio a conocer que cuatro personas cuentan con una suspensión decretada por un Juez de Amparo.
Con ello, se prohíbe a la Fiscalía de la Federación ejercer acción penal en contra de estas, es decir, solicitar orden de aprehensión, de comparecencia o bien citatorio para que se celebre ante un Juez de Control la audiencia inicial.
Hasta el momento, se han asegurado 398 cuentas y se han logrado 18 requerimiento de aseguramiento de cuenta de 42 personas; además, se han realizado 83 entrevistas entre las que destacan 15 imputados, seis testigos y un defensor.
Tras el punto de acuerdo en el que se solicita a la PGR presentar a la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, un informe sobre el estado que guardan los avances de las indagatorias en contra de Barreiro, del candidato de la coalición Por México al Frente (PAN, PRD y Movimiento Ciudadano) y otros, la Unidad Especializada en Investigación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita y de Falsificación o Alteración de Moneda subrayó que en primer lugar el estado procesal de la investigación se encuentra en etapa inicial.
De esto, señaló que al 25 de junio, sólo se ha ejercido acción penal en contra de Luis Alberto López López, quien fungía como chofer de Manuel Barreiro, y cuyas audiencias son las que obran en la red social YouTube, en el entendido que se trata de información de dominio público.
La audiencia inicial en la que Luis Alberto tuvo el carácter de imputado se verificó dentro de la Causa Penal 65/2018 del índice del Juez de Control adscrito al Centro de Justicia Penal Federal en el estado de Querétaro y su primera parte se celebró el 5 de abril de 2018, y la segunda el 10 del siguiente mes.
Respecto del contenido de los restantes datos de prueba que obran en la Carpeta de Investigación sobre la que se informa, al no haberse publicado, la PGR se rige bajo los principios de estricta reserva y confidencialidad de las actuaciones de la investigación.
Al dar respuesta a la petición de la Comisión Permanente, hace especial énfasis en lo acorde a lo dispuesto por el artículo 218 del Código Nacional de Procedimientos Penales, los registros de investigación, así como todos los documentos, independientemente de su contenido o naturaleza, objetos, registros de voz e imágenes relacionados son estrictamente reservados, por lo que únicamente las partes pueden tener acceso a ellos.
Desde tal argumento, un informe sobre los avances de la investigación en curso del caso Anaya-Barreiro implicaría revelar la existencia de registros, actos y técnicas de investigación, así como la teoría del caso, a su vez, quebrantaría la confidencialidad de las indagatorias en detrimento del derecho humano a la presunción de la inocencia e incluso podría llegar a tener influencia en el actual proceso electoral, en contravención a los principios de equidad en la contienda.