Cerramos la etapa del institucionalismo neoliberal, considera Monreal
CIUDAD DE MÉXICO, 14 de enero de 2024.- La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) analizará y, en su caso, votará en los próximos días un proyecto que propone confirmar diversas sanciones impuestas por el Instituto Nacional Electoral (INE) a Morena, derivado de inconsistencias detectadas en el informe de los ingresos y gastos que utilizó en su proceso para elegir la Coordinación Nacional de los Comités de Defensa de la Cuarta Transformación.
En el proyecto de sentencia, elaborado por el magistrado Felipe de la Mata Pizaña, se precisa que, ante lo extraordinario de los procesos internos de los partidos políticos, fue correcto que el INE usara la lista de precios del último proceso electoral federal 2020-2021 para calcular el valor de los gastos no reportados, por ser la más completa a su alcance, ya que tenía información de precios de todo el país.
Además, se señala, el hecho de que se le realizaran múltiples observaciones al partido no constituyó una práctica para entorpecer su defensa, pues se hicieron para garantizar su derecho de defensa, y que pudiera expresar al INE sus consideraciones antes de que se le impusiera alguna sanción.
Se destaca que la emisión de normas para fiscalizar este proceso político, no significó que al partido se le aplicaran normas nuevas que no fueran previstas antes de ese proceso, toda vez que los partidos siempre han tenido la obligación de reportar todos sus ingresos y gastos, por lo que no existieron nuevas obligaciones.
Finalmente, se considera que Morena no tiene razón cuando señala que diversas sanciones fueron ilegales, porque se le sancionó por propaganda que no estaba relacionada directamente con su proceso político, ya que contrario a lo que señala, el INE sí explicó las razones por las que consideró que la propaganda en la que se difundió la imagen, nombre, lema o emblema de personas que participaban en ese proceso, generaron beneficios que debían ser contabilizados.