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CIUDAD DE MÉXICO, 1 de septiembre de 2026.- Ante las protestas luego de que dictaron prisión preventiva a Arturo N. sólo por presunto homicidio contra Paola Buenrostro, la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México (FGJCDMX) indicó que “la posibilidad de reclasificar a feminicidio en etapas posteriores queda abierta”.
Después de la manifestación de colectivos en la Fiscalía de Investigación del Delito de Feminicidio ante el crimen de hace 10 años, la FGJCDMX indicó que las víctimas y activistas solicitaron que el delito se reclasifique como feminicidio.
La FGJCDMX reconoce y respeta esta petición. Sin embargo, el proceso se inició por el delito de homicidio, conforme al marco jurídico aplicable en 2016, cuando las causales para acreditar el feminicidio eran más restrictivas y no existía aún el delito de transfeminicidio.
La orden de aprehensión obtenida ese mismo año fue por homicidio, razón por la cual se llevó esta primera audiencia por dicho delito. La posibilidad de reclasificar a feminicidio en etapas posteriores queda abierta”, detalló, en un comunicado.
Reconoció plenamente la identidad de Paola Buenrostro como mujer trans y destacó que la diferencia entre una acusación por homicidio y una por feminicidio no está en reconocer o no su identidad, sino en determinar si se actualizan los supuestos legales que permiten acreditar que la agresión ocurrió por su condición de mujer.
Ejemplicó que existen otros casos de mujeres víctimas en los que sus agresores son acusados por homicidio cuando no se acreditan las circunstancias específicas previstas para el feminicidio.
Durante las siguientes etapas del proceso, adelantó, la FGJCDMX fortalecerá la investigación y aportará los elementos necesarios para solicitar al juez que valore la reclasificación del delito, conforme a los hechos acreditados y al marco jurídico aplicable.
La FGJCDMX reconoció plenamente el derecho de las víctimas y de las activistas que las acompañan a manifestarse y exigir justicia, pero aclaró que ninguna manifestación, por legítima que sea, puede justificar agresiones contra servidoras y servidores públicos ni daños a las instalaciones de la institución.
Respecto de los señalamientos sobre el trato recibido durante la audiencia, resaltó que cualquier error en la forma de dirigirse a las víctimas no corresponde a los estándares de atención que la institución exige a su personal.
Esto no implica, sin embargo, que exista una práctica, instrucción o intención institucional de carácter transfóbico. La Fiscalía mantiene una instrucción expresa de brindar una atención respetuosa y digna, reconocer la identidad de género de las personas y actuar con perspectiva de género”, remató.