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Pospone INE presentación de informe sobre candidaturas a elección del PJ
CIUDAD DE MÉXICO, 22 de octubre de 2024.- La cúpula de Morena en los brazos parlamentarios del Congreso de la Unión impulsan una iniciativa constitucional que pone candados a la Suprema Corte de Justicia de la Nación para que no puedan anular la reforma judicial, ni procedan los juicios de amparo y sean improcedentes las controversias constitucionales o acciones de inconstitucionalidad.
En sesión de este martes, el coordinador de la mayoría legislativa Adán Augusto López Hernández fue el encargado de presentarla ante el Pleno del Senado, y a nombre del presidente de la Mesa Directiva, Gerardo Fernández Noroña, el coordinador de los diputados de Morena, Ricardo Monreal Ávila y del presidente de la Cámara baja, Sergio Carlos Gutiérrez Luna.
La propuesta fue remitida directamente a las comisiones unidas de Puntos Constitucionales y de Estudios Legislativos. El presidente de la Mesa Directiva anunció que toda la bancada de Morena se sumó a la iniciativa en materia de inimpugnabilidad de las adiciones o reformas a la Constitución Federal, así como las fracciones aliadas al oficialismo PVEM y PT.
En tribuna, el líder de Morena en el Senado justificó que “esta iniciativa hace constar que las reformas o adiciones a la Constitución general son la expresión más alta de la voluntad soberana del pueblo de México”.
“El Poder Judicial de Federación tiene a su cargo la defensa de la Constitución a través de la interpretación y aplicación de ésta, pero no su modificación”, manifestó Adán Augusto López Hernández al referir que “de conformidad con el artículo 135 de la Constitución general no le compete al Poder Judicial impedir el cambio constitucional ni modificar la voluntad soberana del pueblo, a través de los mecanismos diseñados precisamente para la defensa del orden constitucional”.
El morenista señaló que “esa siempre ha sido una atribución exclusiva del poder revisor de la Constitución, cuyos actos no son susceptibles de control judicial. Por ello, los preceptos constitucionales no pueden ser sometidos a una regularidad constitucional a través del juicio de amparo, ni a una constitucionalidad mediante los recursos establecidos por la ley”.
De acuerdo al Artículo Cuarto Transitorio, la iniciativa en materia de inimpugnabilidad de las adiciones o reformas a la Constitución Federal, dicta: “Los juicios, recursos y consultas en los que se haya cuestionado la validez de una adición o reforma a esta Constitución, por su forma, procedimiento o fondo, y que a la fecha de entrada en vigor de este Decreto se encuentren en trámite, se sujetarán de manera directa a lo que este dispone, quedarán sin materia y serán sobreseídos.
“Los juicios y recursos en los que se haya cuestionado la validez de un acto en ejecución de las reformas y adiciones a que se refiere el párrafo anterior, también quedarán sin materia y serán sobreseídos”.