Lanza Brugada plan de inclusión para migrantes en CDMX
La iniciativa del diputado Carlos Flores Rico, establece que las personas físicas o morales que violen la disposición quedarán sujetas a multas de diez a 100 días de salario mínimo y penas de prisión de seis meses a tres años.
Al exponer los alcances de la propuesta, el legislador indicó que se trata de hacer consecuentes las dos normas que tratan de lo mismo, pero que se contradicen en cuanto a los tiempos para publicar encuestas previo al día de la jornada electoral:
Por un lado, dijo, el Código Federal de Procedimientos Electorales (COFIPE) prevé que los sondeos se publiquen hasta tres días antes de la jornada electoral y, por otro, el Código Penal Federal que establece un plazo máximo de ocho días antes.
Afirmó que el objetivo de la iniciativa, es refrendar el camino de la libertad de expresión, del derecho a la información y, la despenalización de quienes desarrollan y ejercen el honroso oficio de investigar la opinión pública.
Explicó que “nuestra legislación comicial federal establece una restricción muy puntual para divulgar encuestas o sondeos de opinión que tengan por objetivo publicar las tendencias electorales”.
Agregó, “El principio electoral que subyace en esta disposición, se orienta a la libertad de sufragio; esto es, la posibilidad de que el ciudadano tome su decisión política sin coacción, presión o influencia que podrían generar las tendencias sobre las diversas preferencias políticas previas al día de la elección”.
La iniciativa que reforma el artículo 403 del Código Penal Federal, se turnó a la Comisión de Justicia de la Cámara de Diputados para su análisis y dictaminación.
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