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CIUDAD DE MÉXICO, 14 de abril de 2023.- El juicio de amparo es el medio legal con el que cuentan los justiciables para la defensa y protección de sus derechos humanos, coincidieron tanto el ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo como el ministro Javier Laynez Potisek, al participar en el segundo día de actividades del Congreso Ley de amparo de 2013. Avances y retos a 10 años, organizado por el Instituto de Investigaciones Jurídicas de la Universidad Nacional Autónoma de México (IIJ-UNAM).
Durante su participación, el ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo, presidente de la Primera Sala de la SCJN, aseguró que la actual Ley de Amparo responde a la exigencia de constituirse como el instrumento para garantizar de forma efectiva el respeto a los derechos humanos de todas las personas ante su vulneración por actos y omisiones provenientes de autoridades, y en determinados casos, también contra actos de particulares.
Señaló que desde la creación del juicio de amparo no ha habido reforma constitucional más importante respecto de este medio de control, “toda vez que toca aspectos sustanciales del amparo modernizándolo para dejar atrás ciertos principios o reglas que lo hacían sumamente restrictivo, dificultando su accesibilidad y limitando sus efectos y, en consecuencia, su ámbito de protección”.
En su momento, el ministro Javier Laynez Potisek reconoció que las personas juzgadoras tienen el reto de utilizar, aprovechar y hacer efectivos los mecanismos de protección constitucional -como es el juicio de amparo- para ampliar la protección de derechos humanos de los justiciables.
Planteó una necesidad imperiosa de capacitación en la materia y un estudio de las consecuencias de las sentencias derivadas de la incorporación de derechos en normas internacionales “al ampliar este catálogo de derechos a los ya contenidos en la Constitución, no hay duda de que vinieron a cambiar fundamentalmente la manera de protección constitucional en México”.
Los ministros resaltaron diversos precedentes emitidos por el Máximo Tribunal Constitucional de México en materias de derechos de personas indígenas, de personas con discapacidad y de niñas, niños y adolescentes; así como derechos a la educación, a la seguridad social, a un medio ambiente sano, al libre desarrollo de la personalidad y a la cultura. Estos precedentes, aseguraron, son representativos en el avance y en la nueva dinámica del ámbito de protección del juicio de amparo.