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CIUDAD DE MÉXICO, 2 de enero de 2019.- La diputada federal de Morena, Edith Castañeda propuso una iniciativa que busca proteger los derechos de los trabajadores que son despedidos injustificadamente, y quienes por ese motivo estén enfrentando un juicio, para que se les respeten y paguen los salarios vencidos desde la fecha en que fueron cesados hasta el cumplimiento del laudo.
Mediante un comunicado, la morenista detalló que la iniciativa, la cual fue turnada a la Comisión de Trabajo y Previsión Social para su dictaminación, busca modificar el artículo 48 de la Ley Federal del Trabajo, la cual al ser modificada en 2012, se estableció que en caso de despido injustificado, el patrón tuviera la obligación de pagar al trabajador solamente 12 meses de los salarios vencidos.
Indicó que la reforma laboral se llevó a cabo sin realizar un estudio serio que justificara la necesidad de un cambio en la materia; refirió que no tuvo un razonamiento económico, social o laboral, que determinara si efectivamente el trabajador era responsable de alguna práctica indebida, a efecto, dijo, de prolongar la duración de los procedimientos laborales y por ello se le impuso la carga de dejar de percibir sus salarios.
«Con dichas modificaciones, las leyes en materia laboral quedaron rebasados ante la nueva realidad y circunstancias sociales y económicas; la legislación del trabajo no respondía ante las urgencias de incrementar la productividad de las empresas y la competitividad del país, mucho menos a la necesidad de generar empleos», argumentó.
La legisladora afirmó que las reformas del 2012 a la Ley Federal del Trabajo, rompió con paradigmas y principios en materia laboral pero que siempre estuvo alejado del verdadero sentir del trabajador, por lo que presentó esta iniciativa, a fin, enfatizó, de que el empleado pueda solicitar ante la Junta de Conciliación y Arbitraje, que se le reinstale en sus labores que desempeñaba, o bien que se le indemnice con el importe de tres meses de salario.
Asimismo, si en el juicio correspondiente no comprueba el patrón la causa de la rescisión, el trabajador tendrá derecho a que se le paguen los salarios vencidos desde la fecha del despido hasta que se complemente el laudo.
Sin embargo, señaló que en caso de que el patrón estime que pagó en exceso los salarios caídos debido a la lentitud del juicio, deberá demandar al Estado la reparación del daño, quien conforme a la Constitución, está obligado a reparar las violaciones a los derechos humanos, más no hacer pagar al trabajador el retraso o lentitud de una resolución.
“Es precisamente del Estado de quien depende esencialmente la duración de los juicios, es aquel a quien le corresponde definir la infraestructura y el resto de los elementos que actualizan el comportamiento demoratorio de los tribunales”, puntualizó.