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CIUDAD DE MÉXICO, 26 de abril de 2018.- El Pleno de la Cámara de Diputados aprobó y envió al Ejecutivo federal para su promulgación, el dictamen a la minuta que expide la Ley General de Archivos, la cual es un ordenamiento legal que tiene como objetivo establecer la organización y administración homogénea de registros en los diversos órdenes de gobierno.
Esta ley surgió de la necesidad de tener un marco legal que, contribuya a conservar en el tiempo el patrimonio documental de México como fuente de una identidad colectiva, y que a la vez le permita a la población acceder a esa historia documental de manera sencilla.
Esta Ley determina las bases de organización y funcionamiento del Sistema Nacional de Archivos, en donde se consideran sujetos obligados a cualquier autoridad, entidad, órgano y organismo de los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, institutos constitucionales autónomos, partidos políticos, fideicomisos y fondos públicos.
El documento, que fue avalado en lo general y particular por 357 votos a favor, uno en contra y una abstención, garantiza el principio de transparencia al establecer que toda la información contenida en los documentos de archivo producidos, obtenidos, adquiridos, transformados o en posesión de sujetos obligados, será pública y accesible a cualquier persona.
De este modo, se establece la actualización del Sistema Institucional de Archivos para que los sujetos obligados implementen procesos de gestión documental, y con ello crear sistemas de información eficientes que favorezcan la toma de decisiones, coadyuven con la garantía de acceso a la información, fortalezcan la rendición de cuentas y contribuyan a enriquecer la memoria colectiva.
Y se plantea también el diseño de instrumentos de planeación y programación en materia archivística a través de programas anuales, a efecto de que los entes públicos, en este rubro, analicen los factores internos y externos.
Incluye regulación más puntual en cuanto a las obligaciones de particulares respecto a los documentos de interés nacional que posean, mismos que deberán ser asentados en el Registro Nacional de Archivos, conservados, preservados y se permitirá el acceso a ellos por ser considerados de interés público.
Además, se adicionan disposiciones en materia de protección, salida y restitución del patrimonio documental de la nación, a fin de prevenir y combatir el tráfico ilícito de éste, al establecer un catálogo de delitos en la materia que podrían castigarse con multa o cárcel.