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CIUDAD DE MÉXICO, 28 de septiembre (Quadratín México).- La Secretaría de Gobernación (Segob) publicó este viernes el decreto por el que se expide el Reglamento de la Ley de Migración y se modifican los reglamentos de las leyes General de Población, así como la de Asociaciones Religiosas y Culto Público.
El reglamento de la Ley de Migración tiene como objetivo, regular la formulación y dirección de la política migratoria y los procesos de certificación y profesionalización de los servidores públicos del Instituto Nacional de Migración (INM).
Así como lo relacionado al movimiento internacional de las personas; los criterios y requisitos para la expedición de visas; la situación migratoria de los extranjeros en territorio nacional; y la protección de migrantes que transitan por el país.
Respecto al reglamento de la Ley de Asociaciones y Culto Público, el decreto establece reformas en los párrafos primero y segundo del Artículo 18, los cuales hacen referencia a la posibilidad de realizar o no actividades religiosas en territorio nacional a las personas extranjeras que ostenten carácter de ministro de culto o asociado religioso.
Aunque la Ley de Migración fue avalada el 30 abril de 2011, su reglamento presentó diversas observaciones que retrasaron su publicación, hasta que finalmente el pasado 23 de septiembre, la Comisión Federal de Mejora Regulatoria (Cofemer) le dio el visto bueno.
De acuerdo con el artículo primero transitorio del decreto publicado este día en el Diario Oficial de la Federación, el nuevo reglamento de la Ley de Migración y las modificaciones a los otros reglamentos, entrarán en vigor en los próximos 30 días hábiles.
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