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CIUDAD DE MÉXICO, 23 de noviembre de 2017.- En sesión ordinaria de este jueves, el Pleno del Senado de la República aprobó por unanimidad eliminar la prohibición civil establecida a las mujeres para contraer matrimonio hasta transcurridos 300 días de la disolución de uno anterior.
En votación nominal, la iniciativa que tiene por objeto contribuir erradicación de la discriminación por cuestiones de género se avaló en lo general y en lo particular con 72 votos a favor, cero en contra y cero abstenciones, por lo que fue remitida a la Cámara de Diputados para los efectos constitucionales.
En sesión del Pleno celebrada el 30 de noviembre de 2016, la senadora entonces del PRD (ahora del PT), Lorena Cuéllar Cisneros, presentó la iniciativa con proyecto de decreto que deroga el artículo 158 del Civil Federal.
En uso de la tribuna, la senadora del PRI, Yolanda de la Torre Valdez, refirió que su grupo parlamentario se posiciona a favor de los derechos humanos y el establecimiento de una real paridad de género.
La priista precisó que la limitación establecida para la mujer para contraer nuevas nupcias después de la disolución de un matrimonio previo es una clara discriminación por género.
Torre Valdez dijo que la limitante se estableció cuando no se podía conocer con certeza el estado de gravidez de la mujer, lo cual en fechas recientes queda superado por los avances tecnológicos.
El texto vigente del Código Civil Federal dicta: “La mujer no puede contraer matrimonio sino hasta pasados trescientos días después de la disolución del anterior, a menos que dentro de ese plazo diere a luz un hijo. En los casos de nulidad o de divorcio, puede contarse este tiempo desde que se interrumpió la cohabitación”.
El plazo del precepto era justificado en la posibilidad de prevenir los problemas que puedan surgir con la determinación de la filiación de los hijos, y que podría producir la ilicitud del matrimonio si la mujer contrae uno nuevo antes de su vencimiento en los términos del artículo 264, fracción II, del Código Civil Federal.
Las Comisiones Unidas de Justicia y de Estudios Legislativos concordaron de eliminar este precepto que para el hombre no existe alguna limitación sobre el tema, situación que a todos luces consideraron una esencia discriminatoria.