Declara Senado validez de reforma que desaparece organismos autónomos
CIUDAD DE MÉXICO, 18 de julio (Quadratín México).- La Comisión Permanente del Congreso de la Unión realizó la Declaratoria de Aprobación de la Reforma Política, y la remitió al Diario Oficial de la Federación para su publicación.
El presidente de la Mesa Directiva de la Comisión Permanente, José González Morfín, dio fe de la recepción de la mayoría de votos obtenidos de 17 Congresos locales que aprobaron dicho decreto de reforma constitucional.
Al solicitar a los presentes ponerse de pie para hacer la declaratoria indicó: “a efecto de dar cumplimiento a lo que establece el Artículo 135 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y una vez computado el voto de la mayoría de las legislaturas estatales, la Comisión Permanente declara:
“Se aprueba el decreto que reforma los artículos 35, 26, 71, 73, 74, 76, 78, 83, 84, 85, 89 y 122, y adiciona los artículos 35, 71, 73, 84,87, 116 y 122 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de Reforma Política. Se remite al Diario Oficial de la Federación para su publicación”.
El presidente del Senado dio a conocer que seguirán atentos para la recepción de más votos que emitan los congresos restantes sobre las reformas constitucionales.
Con la aprobación de dichas reformas, el próximo presidente de la República podrá rendir protesta aun en situaciones de crisis, pues da dos opciones para la toma de protesta, como son el Palacio Legislativo de San Lázaro, en sesión de Congreso general, o en la Suprema Corte de la Nación.
Los estados que aprobaron la reforma constitucional son: Aguascalientes, Baja California, Campeche, Chihuahua, Colima, Durango, Hidalgo, Michoacán, Morelos, Nuevo León, Querétaro, Sinaloa, Tamaulipas, Veracruz, Yucatán y Zacatecas.
La reforma política votada en el pasado periodo de sesiones, determina en su Artículo 87 que, “si por cualquier circunstancia el presidente no pudiere rendir la protesta en los términos del párrafo anterior, lo hará de inmediato ante las Mesas Directivas de las Cámaras del Congreso de la Unión”.
Establece que “en caso de que el presidente no pudiere rendir la protesta ante el Congreso de la Unión, ante la Comisión Permanente o ante las Mesas Directivas de las Cámaras del Congreso de la Unión, lo hará de inmediato ante el presidente de la Suprema Corte de Justicia”.
Otras reformas aprobadas y que han sido avaladas por los congresos locales son: las figuras de participación ciudadana, candidaturas independientes, consulta popular e iniciativa ciudadana.
Otra facultad al Ejecutivo es la “iniciativa preferente”, con lo que el día de apertura de sesiones del periodo ordinario de sesiones, él podrá presentar hasta dos iniciativas para trámite preferente o anunciar con ese carácter hasta dos que hubiere presentado en periodos anteriores, cuando estén pendientes de dictamen.
La reforma otorga al Senado nuevas facultades de ratificación de los titulares de los órganos reguladores del Estado como son la Comisión Federal de Competencia (Cofeco), Comisión Federal de Telecomunicaciones (Cofetel), Comisión Reguladora de Energía y otros.
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