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CIUDAD DE MÉXICO, 18 de junio (Quadratín México).- Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) rechazaron transparentar declaraciones patrimoniales de funcionarios públicos, entre los que se encuentran el presidente de la República, diputados y ministros.
Con seis votos, la Corte se pronunció contra el proyecto de sentencia elaborado por el ministro José Ramón Cossío, quien proponía declarar inconstitucional tener que pedir consentimiento del funcionario para hacer pública su declaración patrimonial.
Esta discusión deriva del amparo promovido por la organización Fundar, quién solicitó a la Auditoría Superior de la Federación la situación patrimonial de los 500 diputados de la pasada legislatura.
Los ministros determinaron mantener vigente el Artículo 40 de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, en el que se protegen los datos personales y sensibles.
El ministro José Ramón Cossío buscará defender su proyecto el próximo jueves, pese a la posición de la mayoría de los ministros quienes niegan que funcionarios hagan pública su declaración patrimonial y que se tenga que solicitar el consentimiento del mismo.
A su vez, Margarita Luna Ramos manifestó que el hecho de ser servidor público no priva a las personas de los derechos fundamentales establecidos en la Constitución, siendo uno de ellos el respeto irrestricto a los datos personales.
En su oportunidad, el ministro presidente, Juan Silva Meza, señaló que “la protección de la privacidad de los datos de un servidor público debe ceder racionalmente, ponderadamente, frente al interés público”.
Eso, enfatizó, “con mayor razón, cuando esa información se relaciona fundamentalmente con la función democrática de control de la gestión pública y de prevención y exposición de actos de corrupción, que puede ejercerse por la sociedad”.
Por su parte, el ministro Francisco González Salas consideró adecuadas las propuestas por supuesto de las excepciones, por razones exclusivamente de seguridad nacional, disposiciones de orden público, seguridad y salud públicas o para proteger los derechos de terceros.
“Por esas razones, y reconociendo que hay argumentos sumamente plausibles que pudieran sostener la conveniencia de que las declaraciones patrimoniales sean públicas, constitucionalmente e inclusive convencionalmente, no encuentro violación alguna en el segundo párrafo del Artículo 40″, aseveró.
En su oportunidad, Luis María Aguilar señaló que la calidad propia del servidor público lo ubica en automático en un plano, si no ajeno a la de un ciudadano ordinario, quizá en uno distinto, pues a propósito de su función le son reconocidas una serie de obligaciones y facultades bien específicas.
Asimismo, el ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea sostuvo que toda la información en manos del Estado es pública, no obstante toda es publicable o divulgable.
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