Afecta banco de niebla operaciones en AICM
CIUDAD DE MEXICO, 20 de enero de 2022.- La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) responde a la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) la NO ACEPTACIÓN DE LA RECOMENDACIÓN 142/2021 recibida el pasado 20 de diciembre, respecto al supuesto daño ocasionado por el registro de cambio de directiva del Sindicato Único de Trabajadores de Notimex (SutNotimex), por considerar que es contraria a la Ley y violatoria del derecho a huelga.
La CNDH sostiene en su recomendación que al haberse otorgado la toma de nota del SutNotimex, se permitió que dicha dirigencia estallara una huelga, afectando los derechos humanos de los trabajadores pertenecientes a un nuevo sindicato formado con posterioridad a la elección y que para reparar el daño debe de haber una reposición del procedimiento de elección de la directiva sindical, implicando con ello desconocer la huelga.
Después de analizar la recomendación, la STPS considera que esta es inatendible, porque la CNDH carece de facultades para revocar una elección producto de la voluntad de los miembros que conforman un sindicato y tampoco tiene facultades para modificar el estado de huelga, la cual ha sido calificada como legalmente existente por la autoridad jurisdiccional competente, sin que esta resolución haya sido revocada por la vía del amparo.
Además, destacó la STPS, a través de la Dirección General de Registro de Asociaciones, actuó conforme a derecho atendiendo a las facultades derivadas de la legislación vigente al momento de los hechos, protegiendo y garantizando el ejercicio a la libertad sindical. Respuesta íntegra.