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SAN LUIS POTOSÍ, SLP., 17 de mayo de 2017.- En sesión de trabajo de la Comisión de Puntos Constitucionales del Congreso de San Luis Potosí, se aprobó la iniciativa de reforma al artículo 138 de la Constitución Política del Estado, a fin de que se reduzca el plazo legal de tres a dos meses para que los ayuntamientos se pronuncien sobre las reformas que se realicen a la propia Constitución Estatal.
Esta propuesta, se añadió en un comunicado, presentada por el diputado José Belmárez Herrera, busca hacer más eficiente el proceso legislativo, al reducir el plazo que actualmente se fija en la propia Constitución que actualmente es de tres meses y dejarlo en dos meses para que los ayuntamientos se pronuncien respecto de estas modificaciones constitucionales.
Con ello, se permitirá que todos los ayuntamientos puedan dar respuesta y se facilitará la entrada en vigor de las modificaciones, ya que no existe justificación para que se les otorgue tanto tiempo y tomando en cuenta que cualquier modificación o reforma que se le haga a la Constitución Política del Estado es de vital importancia y no deben mermarse o retrasarse, y que esto permitirá dar celeridad al proceso legislativo.
En esta reunión, también se aprobó la modificación al artículo 17 de la Constitución Política del Estado, a fin de armonizarla con las disposiciones contenidas en la legislación federal, y así brindar una mejor protección a los datos personales, y hacer más eficiente la aplicación de procesos de impartición de justicia.
Además, se garantiza la autonomía de gestión a la Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública, CEGAIP, asegurando el acceso a la información pública y evitando con ello la injerencia de otros poderes en las decisiones que se tomen y cumpliendo con ello la obligación del estado de garantizar resoluciones libres que protejan las decisiones que se tomen.
Los dictámenes correspondientes a ambas reformas constitucionales serán presentados, a consideración del pleno, para su votación en los siguientes trabajos en sesión ordinaria.