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CIUDAD DE MÉXICO, 8 de febrero de 2022.- En el foro 14 de Parlamento Abierto, Convencionalidad de la iniciativa de reforma eléctrica:T-MEC vs Reforma Eléctrica, especialistas destacaron la inviabilidad de ésta para dar cumplimiento a los compromisos con el Tratado Comercial México, Estados Unidos, Canadá, mejor conocido como el T-MEC, lo que también provoca que sea violatorios de dicho tratado.
Durante la continuación del parlamento abierto que se lleva a cabo en la Cámara de Diputados para analizar la propuesta de reforma eléctrica, quien fuera jefe de la negociación técnica para el T-MEC y socio en AGON-Economía, Derecho, Estrategia Kenneth Smith Ramos, indicó que la reforma como está redactada es violatoria de éste tratado.
Sostuvo que por ello podría haber represalias comerciales y demandas multimillonarias en contra del país; al respecto, refirió que el capítulo 8 del T-MEC, referente a la soberanía del Estado mexicano sobre los hidrocarburos, no significa un cheque en blanco para violar el Tratado a través de cambios constitucionales.
“Cualquier cambio constitucional a leyes secundarias o reglamentos técnicos, tiene que ser compatible con los compromisos del Tratado; no podemos tomar el capítulo 8 y argumentar que eso da la posibilidad de negar todos los demás compromisos que se tienen del Tratado (…) El T-MEC protege las inversiones en el sector eléctrico a través del capítulo 14 en materia de inversión”, sostuvo.
Smith Ramos explicó que, el tratado establece permitir excepciones al cumplimiento de lo que está plasmado en él, siempre que en éste se hayan establecido reservas específicas, llamadas medidas disconformes donde se hace una excepción a la aplicación de tratados, por lo que, si México no solicitó excepciones específicas adicionales, no se puede acotar el espacio para que el sector privado participe en actividades productivas en el sector eléctrico.
“Hay reglas en el Tratado sobre cómo se deben conducir las empresas comerciales del Estado, estableciendo un piso parejo, condiciones comerciales, transparencia regulatoria y no discriminación a favor de los monopolios estatales.
(…) No se puede usar el capítulo 8 como un as bajo la manga para decir que no podemos o no debemos cumplir con la obligación que se plasma en el capítulo de empresas comerciales del Estado, acceso a mercado, obstáculos técnicos al comercio y en materia de inversión”, aseveró.
Contrario a ello, el abogado general de la Comisión Federal de Electricidad (CFE), Raúl Jiménez, sostuvo que de ninguna manera contraviene el T-MEC y afirmó que el capítulo 8 del Tratado establece que, “México se reserva su derecho soberano de reformar su Constitución y legislación interna”, lo que, dijo, significa que la propuesta de reforma no está constreñida por el ámbito de aplicación de materia del T-MEC.
De acuerdo a su argumentación, señaló que el tema de los energéticos no forma parte del capítulo 8, ni de ninguno de los que integra el T-MEC, por lo que éste tema está fuera del tratado.
“Si bien está el precepto 27 de la Convención de Viena, de que los pactos deben ser respetados, y en el capítulo 8 tenemos un pacto puntual de que Canadá y Estados Unidos se comprometieron a respetar la soberanía legislativa de México para modificar la Constitución; no veo dónde pudiese haber conflicto entre la propuesta del Ejecutivo y el T-MEC, porque el sector energía está fuera del T-MEC”, insistió.
En tanto, Ana López Mestre, directora General en American Chamber of Commerce of México, señaló una serie de preocupaciones respecto de esta iniciativa, como que afectaría la confianza de los inversionistas, comprometería la transición energética y la integración de las cadenas de suministro de Norteamérica y que, reiteró, sí se contrapone a los compromisos que México ya adquirió en el T-MEC.
Sostuvo que afectaría la inversión ya que esta iniciativa es la más reciente de varias acciones que serán encaminadas a proteger a las empresas energéticas estatales en detrimento de las privadas y de la libre competencia del mercado.
“La reforma cancela, antes de su vencimiento, permisos y contratos sobre los cuales se hicieran inversiones muy importantes, esto no sólo genera desconfianza entre los inversionistas, sino que afecta legalmente los derechos de las partes”, manifestó.
Subrayó que impactaría la producción industrial porque en lugar de comprar electricidad en un mercado abierto, habría un jugador con ventaja que, además, sería el mismo que ponga las reglas.
“Compromete la transición energética y la integración de las cadenas de suministro porque si se limita la inversión del sector privado en renovables, se limita también la posibilidad de que México alcance la meta de generar 35 por ciento de energías limpias para 2024”, advirtió.
Indicó que esta reforma contraviene el principio de trato no discriminatorio entre empresas del Estado y el resto del mercado, cancela contratos y cambia las reglas establecidas, lo que en términos del T-MEC, afirmó, constituye una expropiación indirecta.
Enfatizó que, afecta el principio de libre competencia y prevención de prácticas monopólicas al asimilar y debilitar a los órganos reguladores y, coincidió con Smith, en que pone a México ante el riesgo de enfrentar litigios internacionales porque el T-MEC incluye herramientas para proteger a los inversionistas y hacer cumplir las obligaciones de todas las partes.