Dejan en prisión a Marilyn Cote, acusada de psiquiatra falsa
CIUDAD DE MÉXICO, 28 de octubre de 2020.- En sesión ordinaria de este miércoles, el Pleno del Senado de la República aprobó por mayoría de 70 votos a favor el dictamen en materia de la Marina Mercante, el cual amplía la facultad de la Secretaría de Marina para dirigir la educación naval militar y la educación náutica mercante.
El proyecto de decreto reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos; y de la Ley de Puertos sobre las facultades de la Secretaría de Marina en cuanto al ejercicio de la autoridad marítima nacional; al bloque opositor del PAN, PRI y Movimiento Ciudadano se sumó la senadora del PVEM, Alejandra Lagunes Soto Ruiz, para registrar 26 votos en contra y cuatro abstenciones.
La propuesta delega a la Secretaría de Marina la administración de los puertos del país, es decir, la construcción de todas las obras marítimas y dragado, el otorgamiento de permisos para el establecimiento y explotación de servicios relacionados con las comunicaciones y transportes por agua, la conducción de políticas y programas en esa materia.
Además, las atribuciones necesarias para fungir como la única Autoridad Marítima Nacional, encargada de la implementación de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos.
También se modifican referencias conceptuales a fin de concebir a la Marina como la dependencia encargada de la ejecución de los procedimientos establecidos en la ley y no a la Armada de México.
Se establecen facultades para imponer multas, tomando en consideración el riesgo o daño causado, la reincidencia y el posterior cumplimiento de la obligación a propietarios de las embarcaciones o los navieros; capitanes o patrones de embarcaciones; concesionarios; agentes navieros y, en su caso, los propietarios de la embarcación; propietarios y navieros de embarcaciones nacionales o extranjeras que incurran en infracciones a la ley, cuando éstas sean conocidas mediante los mecanismos de inspección por la autoridad competente.
Otorga la facultad para fijar las normas técnicas del funcionamiento y operación de los servicios públicos de comunicaciones y transportes por agua y las tarifas para el cobro de los mismos.
A las concesiones y permisos, así como fijar las tarifas y reglas de aplicación de todas las maniobras y servicios marítimos, portuarios, auxiliares y conexos relacionados con las comunicaciones y transportes por agua; y participar con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público en el establecimiento de las tarifas de los servicios que presta la Administración Pública Federal de comunicaciones y transportes por agua.