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CIUDAD DE MÉXICO, 19 de octubre de 2020.- En la Cámara de Diputados se trabaja a marchas forzadas y es que a un día de que venza el plazo, este 20 de octubre, para la aprobación de la Ley de Ingresos y la Miscelánea Fiscal, la Comisión de Hacienda y Crédito Público en San Lázaro analiza la Ley de Ingresos que forma parte del Paquete Económico para el ejercicio fiscal 2021, con el objetivo de aprobarla este día para que pase al Pleno camaral y sea discutida y eventualmente avalada.
Se Prevé que será una larga sesión, pues, aunque está citada para las 16 horas, en la Comisión aún no termina la discusión de los diversos dictámenes, y después de haber aprobado apenas lo referente a la Ley de Disciplina financiera de las entidades y municipios, decretaron un receso de media hora que ya se prolongó.
Al respecto, los legisladores integrantes de la Comisión de Hacienda avalaron en lo general y particular, el dictamen que reforma diversos artículos de la ley de disciplina financiera de las entidades federativas y los municipios, así como el decreto expedido en la materia, y también diversas reformas a las leyes de coordinación fiscal, general de deuda y general de contabilidad gubernamental, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de abril de 2016.
El dictamen aprobado por los legisladores, busca establecer medidas de atención a las necesidades financieras de estados y municipios en casos de emergencia sanitaria, pero dejan en claro que ciertas medidas son únicamente temporales pues se aplicarán para atender las situaciones causadas por la pandemia, mientras que otras solo serán para casos de emergencias sanitarias y no implican partida extra de Presupuesto ni uso discrecional de recursos.
“El beneficio de la reforma es que permitirá encarar de mejor manera las necesidades que se han evidenciado en las entidades y municipios, para atender tensiones en las finanzas públicas que fueron agravadas por la situación sanitaria y económica (…) Si no actuamos con responsabilidad existe el riesgo de que las entidades y municipios caigan en circunstancias de insolvencia en sus obligaciones y ello sería la entrada a costos realmente mayores, pérdidas en las valoraciones crediticias e incremento en las garantías o en las tasas de cobro.
Por el contrario, si atendemos a la circunstancia de emergencia y si damos medidas de alivio puntuales se evitarán esas presiones y será posible, en términos generales realizar reestructuraciones en un mejor marco normativo, disponer de recursos ya reservados, acceder a mejores tipos de financiamiento, atender la emergencia y fomentar la inversión”, señaló el morenista Carol Antonio Altamirano al explicar el dictamen.
Detalló que en el dictamen se reformó lo relacionado a los servicios personales presupuestados, esto con el fin de que en caso de emergencia los estados y municipios puedan disponer de recursos para poder contratar personal necesario para afrontar la emergencia, y que, por no estar presupuestado, se deje de atender la necesidad que se tenga.
Asimismo, también se establece que, en los recursos previstos para desastres naturales, se incorpora la definición de emergencia o contingencia sanitaria, lo anterior con el objetivo de que los recursos previstos de los presupuestos estatales para desastres naturales, también se destinen a acciones extraordinarias en materia de salubridad general.
Este punto lo calificaron como una corrección a lo que llamaron una omisión legislativa, pues la ley hoy solo contempla como desastres naturales los huracanes y sismos, pero no las emergencias sanitarias como la que se vive actualmente.
También se establecieron las previsiones extraordinarias, las cuales se refieren a la incorporación de apoyos a los gobiernos estatales y municipales ante una caída del PIB superior al cinco por ciento; en dicho caso, el apoyo consiste en permitir la restructuración de deuda de corto plazo celebrada en el ejercicio anterior a la caída y que se programen sus pagos de acuerdo a sus ingresos.
Asimismo, los estados y municipios podrán diferir temporalmente, hasta por 12 meses, los adeudos de corto y largo plazo, sin embargo, esta medida solo podrá aplicarse para el ejercicio fiscal 2020, esto con el fin de atender la emergencia vivida este año por el Covid 19.
“Con este conjunto de modificaciones la norma se mejora y actualiza; se mantienen los principios constitucionales de la reforma de 2015 y al mismo tiempo se liberan flujos de recursos para que las entidades federativas y los municipios puedan atender la pandemia, las presiones financieras y el contexto económico que esta generó.
(…) Es muy importante señalar que esta reforma no autoriza erogaciones adicionales ni un ejercicio discrecional, no tiene impacto presupuestario. Las condiciones extraordinarias que se reconocen son necesarias durante el tiempo que la pandemia que genere impactos y sólo se podrán disponer los recursos para ese fin”, enfatizó Altamirano.