Reforma al Infonavit busca cambiar estructura que impide auditorías
CIUDAD DE MÉXICO, 16 de agosto (Quadratín México).- El Instituto Federal Electoral (IFE) sancionó a los partidos de la coalición Movimiento Progresista con un monto total de un millón 482 mil 420 pesos por la emisión del spot denominado “Miles de pruebas”.
Durante una sesión extraordinaria en la que se discutieron varios asuntos relacionados con el controvertido anuncio, los consejeros acordaron multar al Movimiento Ciudadano con 431 mil 768 pesos, al Partido de la Revolución Democrática (PRD) con 560 mil 108 pesos y al Partido del Trabajo (PT) con 490 mil 544.
Al discutir una queja del Partido Revolucionario Institucional (PRI) contra el mensaje emitido por los tres partidos, en donde el tricolor se queja de que está siendo difamado, los consejeros del IFE decidieron aplicar las sanciones.
Aunque el dictamen original sugería declarar improcedente el recurso, el consejero presidente, Leonardo Valdés Zurita, indicó que como ya el Tribunal Electoral había decidido que se sacara del aire, porque sí calumnia al PRI y a su candidato presidencial, debería considerarse fundado y en su caso sancionar a los partidos.
El representante del PRD, Camerino Márquez, argumentó que el spot sólo repite lo mismo que se ha venido denunciado en el debate público y forma parte de la libre expresión de los partidos políticos, por lo que la sanción es un exceso.
El representante del PRI, Sebastián Lerdo de Tejada, dijo que estas “frívolas piezas publicitarias” sí calumnian, como ya determinó el Tribunal Electoral.
Antes los consejeros habían declarado infundada la queja que sobre este mismo anuncio y partidos presentó la periodista Carmen Aristegui, por considerar que al haberse usado su voz e imagen sin su permiso, la agraviaban en su prestigio.
Luego de una larga discusión sobre el procedimiento, planteada por el consejero Marco Antonio Baños, quien sugería sobreseer el asunto, se decidió declararlo infundado, pero con un párrafo agregado a sugerencia del consejero Sergio García Ramírez.
Este párrafo señala explícitamente que la periodista no queda en indefensión porque puede todavía recurrir a la vía civil para defenderse a través de la figura del daño moral.
Posteriormente se discutieron sendas quejas sobre el mismo spot presentadas por Banco Monex y Soriana, donde la discusión se centró sobre si ya era cosa juzgada, porque ya se había sancionado a los partidos con base en la queja del PRI o bien se debería aplicar una nueva sanción.
Al final se decidió declarar infundado el asunto aunque se agregaron los votos particulares de los consejeros Francisco Guerrero y María Marván.
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