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CIUDAD DE MÉXICO, 24 de septiembre de 2020. — La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) abordará la constitucionalidad de las consultas populares, en el caso de los juicios políticos a los ex presidentes de México.
Luego de que el presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador, así como miles de ciudadanos reunieron firmas para comenzar un proceso en el marco de la Ley, la SCJN discutirá un primer planteamiento.
El proyecto de 43 páginas que trascendió la mañana de este jueves, fue presentado por el ministro Luis María Aguilar y Gómez sobre la consulta popular 1/2020, que será discutido en la sesión del próximo jueves 1 de octubre.
Dicho documento del ministro Aguilar resalta la posible inconstitucionalidad de la propuesta de consultar a los mexicanos para someter a juicio a los ex mandatarios del PRI y del PAN respectivamente, Carlos Salinas de Gortari, Ernesto Zedillo Ponce de León, Vicente Fox Quesada, Felipe Calderón Hinojosa y Enrique Peña Nieto.
“La consulta popular no puede considerarse la vía constitucionalmente idónea para dar comienzo a la investigación y persecución de los delitos. Por el contrario, la consulta popular comprometería el adecuado funcionamiento de las instituciones de procuración e impartición de justicia”, refiere el escrito.
Incluso, el magistrado puntualizó en el proyecto que se pueden afectar los derechos de las víctimas de los delitos expuestos.
“Además de vulnerar los derechos de las víctimas u ofendidos, el hecho de someter a consulta popular si las autoridades deben cumplir o no con sus deberes constitucionales y legales, es inconstitucional, porque condicionar el cumplimiento de la Ley a lo que digan las mayorías rompe con los principios generales del proceso legal previstos en el artículo 20 de la Constitución”, indicó.
Resalta que no se puede sobreponer como una decisión de las mayorías, con el proceso de la consulta, los derechos de otras personas.
“Esta Suprema Corte considera que el objeto de la consulta popular propuesta es inconstitucional porque su sustancia e implementación, por sí mismas, de celebrarse, tendrían un efecto de restricción de los derechos humanos y sus garantías, pues sujeta a la decisión de las mayorías los derechos de las víctimas u ofendidas por los delitos señalados en la petición y rompe con el sistema de protección de los derechos humanos de todas las personas en México”, destaca el documento.
“El objeto de la consulta puede afectar el principio de igualdad, dado que todas las personas tienen derecho a recibir el mismo trato y, en este caso específico, no está justificado por qué a unas personas se les somete al escrutinio público para determinar si se les debe investigar y, en su caso, sancionar penalmente, mientras que al resto de las personas no se les da ese mismo tratamiento”, señala sobre los presuntos culpables.
Para consultar el Proyecto completo sobre la consulta popular 1/2020, que será discutido el próximo jueves 1 de octubre, puede dar clic AQUÍ.