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CIUDAD DE MÉXICO, 22 de diciembre de 2023.- La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) dirigió la Recomendación 219/2023 al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), por el fallecimiento de una niña que quedó prensada en un elevador del hospital de Quintana Roo.
De acuerdo con un comunicado de la CNDH, se comprobaron violaciones al derecho humano a la protección de la salud, a la vida, al trato digno, al interés superior de la niñez y a la intimidad de la imagen pública, así como la omisión de implementar la infraestructura necesaria para una adecuada prestación de los servicios de salud, en agravio de una niña menor de edad, atribuibles a personal del Hospital General de Zona número 18 (HGZ-18), en Playa del Carmen, Solidaridad, Quintana Roo.
El 10 de julio de 2023, la víctima falleció al ser prensada en el interior de un elevador en las instalaciones del HGZ-18.
El 11 de julio, personal de la Comisión de los Derechos Humanos del Estado de Quintana Roo (CDHEQROO) remitió, a través de correo electrónico, a esta Comisión Nacional la queja de la madre de la víctima, mediante la cual solicitaba la investigación de los hechos y evitar la divulgación de las fotografías de la menor.
En virtud de lo anterior, la CNDH inició expediente y, con el fin de documentar las violaciones a los derechos humanos, solicitó diversa información al IMSS y a las fiscalías del estado de Quintana Roo (FGQROO) y General de la República (FGR).
El análisis de las evidencias permitió establecer que las personas servidoras públicas encargadas de la vigilancia y el mantenimiento del nosocomio no proporcionaron una infraestructura idónea, con los recursos físicos y tecnológicos adecuados para la prestación del servicio público de salud, que garantizara la seguridad de la víctima y le permitiera el acceso a las diversas áreas del hospital, para recibir los servicios ahí prestados, hechos que en su conjunto impidieron que recibiera una adecuada atención médica y derivaron en su lamentable fallecimiento.
La revisión y análisis del caso indican que el deceso de la víctima ocurrió debido a que los sensores que mandan la señal para ascender se accionaron por un mal funcionamiento estando las puertas abiertas, lo que ocasionó que el elevador subiera sin que la camilla hubiera entrado por completo. Al respecto, las personas servidoras públicas responsables, con motivo de sus respectivos cargos, debieron atender en tiempo y prever cualquier situación que pudiera presentarse ante la falla o falta de servicio de los elevadores del nosocomio.
Por otra parte, la filtración de fotografías y video difundidos por medio de redes sociales y medios periodísticos, en los cuales aparece la víctima, resulta violatorio de derechos humanos en su agravio y de sus familiares, sobre todo al tratarse de una niña menor de edad, ya que con la difusión de estas imágenes se revictimizó y se lesionó la integridad, la dignidad y la privacidad de la víctima y de sus familiares.
Dado que existe un marco jurídico que regula este tipo de conductas para que sean sancionadas cuando transgreden los derechos a la intimidad, la integridad e imagen, corresponderá a la autoridad ministerial determinar la responsabilidad de las personas servidoras públicas o particulares que pudieron haber divulgado el material visual del evento en que la víctima perdió la vida.
“No pasa inadvertido para esta Comisión Nacional que el IMSS ha realizado acciones para brindar atención inmediata a las víctimas, como se acreditó en el acuerdo dictado en la sesión extraordinaria del 15 de julio de 2023, por el H. Consejo Técnico de ese instituto de salud, que determinó el pago de medidas económicas encaminadas a mitigar los efectos causados en la esfera afectiva y material, el otorgamiento de apoyo educativo a los hermanos de la víctima y atención médica para sus familiares”, cita el comunicado.
Con base en los hechos comprobados, la Comisión Nacional recomendó al IMSS que colabore ampliamente en el trámite y seguimiento de la vista administrativa que se presente ante el Órgano Interno de Control en el IMSS, a fin de que se inicie el procedimiento administrativo que corresponda en contra de las personas servidoras públicas implicadas en los hechos.
De igual forma, deberá dar seguimiento a la Carpeta de Investigación iniciada por la Fiscalía General de la República (FGR), colaborar con las instancias investigadoras y responder con amplitud y veracidad los requerimientos que se le realicen.
En este sentido, la CNDH informó que aportará copia de la Recomendación 219/2023 y las evidencias que la sustentan, para que sea analizada por la FGR y determine lo que a derecho corresponda.
Además, el IMSS deberá impartir un curso integral de capacitación dirigido a las personas servidoras públicas titulares de las direcciones y subdirecciones adscritas al Departamento de Conservación y Servicios Generales del Órgano de Operación Administrativa Desconcentrada Estatal Quintana Roo del IMSS, así como a las personas titulares de las direcciones, subdirecciones, jefaturas de departamento y demás personal administrativo de Conservación y Servicios Generales del HGZ No. 18, sobre capacitación y formación en materia de derechos humanos, relacionado con los servicios de mantenimiento y conservación del nosocomio, y de protección civil.
También, tendrá que emitir una circular dirigida a las personas servidoras públicas mencionadas en el apartado anterior, que contenga medidas pertinentes de prevención y supervisión en los temas de derechos humanos a la protección de la salud, a la vida y acceso a la información; así como la debida observancia y contenido de las Normas Oficiales Mexicanas relacionadas con los servicios de mantenimiento y conservación del nosocomio y en materia de protección civil.
La Recomendación 219/2023 ya fue debidamente notificada a su destinatario y puede consultarse en la página web cndh.org.mx