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CIUDAD DE MÉXICO, 29 de enero de 2021.- A tres días de arrancar el próximo Periodo Ordinario de Sesiones, el lunes 1 de febrero, el presidente del Senado, Eduardo Ramírez, ratificó el Plan mínimo de operaciones del Senado de la República por el que se establecen las medidas para evitar la propagación del virus SARS-CoV2 en el recinto legislativo.
Mantener la sana distancia, utilizar gel antibacterial, cubrebocas, caretas, evitar saludarse mano y lavarse las manos las veces que sea necesario con suficiente jabón, así como trabajar desde casa son las principales acciones preventivas dictadas en el documento.
El oficio publicado en la Gaceta Parlamentaria el 25 de enero pasado, obliga a todo el personal de las áreas Parlamentarias, Administrativas y Técnicas de la Cámara sujetarse a las medidas sanitarias pertinentes para lograr disminuir el riesgo de contagios por el virus que causa la enfermedad Covid 19.
El Plan instruye a los titulares de las diferentes áreas poner en marcha los mecanismos necesarios, incluso a distancia, que aseguren la continuidad de los procesos sustantivos del Senado, para que no sea necesaria la presencia total de su personal, en tanto persista la emergencia sanitaria.
Además, asegura la labor presencial mínima de servicios de seguridad, médicos, suministro de agua, limpieza y aquellas labores indispensables que garantice el cumplimiento de las funciones y continuidad de las operaciones de las áreas de la Cámara.
Para el caso de las personas que no asistan al recinto Legislativo, entre otros puntos, dispone que coadyuvarán desde su casa con tareas del área a la que se encuentren adscritos, en los términos que para tales efectos defina su titular,
El Plan mínimo de operaciones del Senado de la República indica mantener el pleno funcionamiento de la página web del Senado, y que todas las áreas deberán reportar, de forma inmediata, a la Dirección General de Servicios Médicos, las contingencias de salud que presente el personal a su mando que cubre el trabajo presencial en el recinto.
En caso de que se emitan disposiciones sanitarias adicionales por parte de las autoridades de salud, directamente relacionadas con el Semáforo Epidemiológico que limiten la movilidad, se podrán realizar adecuaciones al presente Plan.