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CIUDAD DE MÉXICO, 5 de junio de 2023.- Con cerca de 5 mil 200 pendientes de resolución, y en acatamiento a tres sentencias del Poder Judicial, el Pleno del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) celebró una sesión extraordinaria para atender tres asuntos de personas que tramitaron un juicio de amparo por no estar de acuerdo con resoluciones emitidas por el organismo garante nacional.
El Pleno de esta sesión estuvo conformado por la Comisionada Presidenta del INAI, Blanca Lilia Ibarra Cadena; las Comisionadas Norma Julieta del Río Venegas y Josefina Román Vergara, y el Comisionado Adrián Alcalá Méndez.
Desde el 1 de abril de este año, que el Pleno del INAI no ha podido sesionar por la falta de quórum.
Al presentar la nueva resolución del primer asunto ante el Pleno, la Comisionada Del Río Venegas sostuvo que el INAI acata las resoluciones del Poder Judicial y actúa siempre apegado a la legalidad y con respeto a la Constitución.
“En el INAI cumplimos la ley; en el INAI, le hacemos caso a los jueces; en el INAI, estamos apegados a Derecho. Por ello, sesionamos de manera extraordinaria, y pues sirva el escenario para hacer un llamado al Senado de la República, pero también a la Suprema Corte de Justicia de la Nación sobre la controversia constitucional que tienen en su poder. Nosotros vamos a seguir sesionando de manera extraordinaria siempre que llegue una resolución de un Juez”, expresó.
Norma Julieta del Río señaló que, desde el 1 de abril de este año, el Pleno del INAI no ha podido sesionar por la falta de quórum, ya que el Senado de la República tiene pendiente los nombramientos de tres Comisionados, situación que le ha impedido resolver más de 5 mil 200 medios de impugnación.
En el primer asunto, el Juzgado Décimo de Distrito en Materia Administrativa de la Ciudad de México determinó que el Pleno del INAI debía dejar sin efectos la resolución del recurso de revisión RRA 4061/22 en contra del Consejo de la Judicatura Federal, aprobada el 4 de mayo de 2022, y emitir una nueva.
Al respecto, una persona solicitó al CJF la demanda de amparo y el auto de admisión relacionados con el expediente del juicio de amparo 15/2013, radicado en el Juzgado Primero de Distrito en Materia Administrativa, precisando que la información se encontraba en formato digital en el Sistema Integral de Seguimiento de Expedientes, por lo que requería que el acceso a la información fuera gratuito.
En respuesta, el CJF puso a disposición de la persona 213 fojas en versión pública, previo pago de los costos de reproducción de 193 fojas, pues las primeras 20 son gratuitas.
Inconforme, la persona solicitante interpuso recurso de revisión ante el INAI, mediante la cual reiteró que la información existe en formato digital, por lo que generar una versión pública no debe implicar un cobro adicional.
El 4 de mayo de 2022, tras el análisis del caso, a cargo de la ponencia de la Comisionada Norma Julieta del Río Venegas, el Pleno del INAI determinó confirmar la respuesta del CJF, al considerar que la elaboración de una versión pública procede hasta que se haya realizado el pago respectivo.
Al no estar de acuerdo con la resolución del Pleno, la persona promovió un juicio de amparo, radicado en el Juzgado Décimo de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México.
Tras conceder el amparo, el Juez ordenó al Pleno de este Instituto dejar insubsistente la resolución aprobada el 4 de mayo de 2022 y emitir otra.
En cumplimiento, este lunes 5 de junio el Pleno del INAI emitió una nueva resolución, en la que determinó modificar la respuesta del CJF y le instruye entregar versión pública de la demanda de amparo y el auto de admisión solicitados por la persona, vía correo electrónico.
En el segundo caso, el Pleno del INAI aprobó el acuerdo para dejar sin efectos la resolución emitida dentro del recurso de inconformidad RIA 227/21, en estricto cumplimiento a la ejecutoria y al acuerdo del 25 de mayo de 2023, dictados por el Juzgado Sexto de Distrito en Materia Administrativa de la Ciudad de México, dentro del juicio de amparo 1018/2021.
Finalmente, en el tercer caso, el Pleno aprobó el acuerdo para dejar sin efectos la resolución emitida dentro del recurso de revisión RRD 01671/20-BIS, en estricto cumplimiento a la resolución del recurso de inconformidad 38/2022, dictada por el Decimosexto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, así como del acuerdo del 24 de mayo de 2023, dictado dentro del juicio de amparo 290/2021.