Siguen condiciones adversas para dispersión de contaminantes en CDMX
30 de marzo de 2022
,
10:10
Archivo
Redacción/Quadratín México
CIUDAD DE MÉXICO. 30 de marzo de 2022.- La Comisión Ambiental de la Megalópolis informó que continúa la Fase I de contingencia ambiental atmosférica por ozono en la ZMVM, con el fin de proteger la salud de la población ante la exposición a niveles altos de contaminación.
Con la información meteorológica al corte de las 10 horas, se prevé que continúe cielo despejado la mayor parte del día, viento débil, temperatura máxima cercana a 30 grados Celsius y la radiación solar será intensa; se estima que las condiciones meteorológicas continuarán desfavorables para la dispersión de los contaminantes.
Se recuerda a la población mantenerse informados sobre la calidad del aire y evitar hacer ejercicio en exteriores entre las 13 y 19 horas.
La Comisión Ambiental de la Megalópolis estará atenta a la calidad del aire y a la evolución de las condiciones meteorológicas prevalecientes en la ZMVM e informará en un boletín que se emitirá el día de hoy a las 15 horas.
Hoy no circulan vehículos de uso particular con holograma 0 y 00 engomado rojo con terminación de placa 3 y 4, así como holograma 2 de verificación y holograma 1 con terminación par y cero
Quien viole las disposiciones será acreedor a una multa de 20 UMAS, que equivale a 1,924.4 pesos
La Secretaría del Medio Ambiente de la Ciudad de México, a través de la Dirección General de Calidad del Aire, recuerda las restricciones vehiculares para este miércoles, 30 de marzo, con motivo de la activación de Fase 1 de Contingencia Ambiental:
Los siguientes vehículos deberán suspender la circulación en un horario de las 05:00 a las 22:00 horas:
Los vehículos de uso particular con holograma de verificación “0 y 00” engomado rojo terminación de placa 3 y 4
Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 2
Los vehículos de uso particular con holograma de verificación tipo 1 cuyo último dígito numérico sea 2, 3, 4, 6, 8, y 0, así como aquellos cuya matrícula esté conformada sólo por letras
Los taxis con holograma de verificación “1” o “2” que deban dejar de circular de acuerdo con las disposiciones indicadas en los incisos a) y b) les aplicará la restricción a la circulación de las 10:00 a las 22:00 horas.
Los vehículos con matrícula foránea de uso particular que no porten holograma de verificación o que tengan holograma tipo 1 o 2
Los vehículos con matrícula foránea de uso particular con holograma “00” ó “0” engomado rojo, terminación de placa 3 y 4
Las unidades que transportan gas licuado de petróleo (pipas y/o semi remolques) cuya matrícula sea PAR
Los vehículos de carga local o federal dejan de circular entre las 06:00 y las 10:00 horas, con excepción de aquellos que se encuentren en el Programa de Autorregulación de la Ciudad de México o Estado de México
• De acuerdo con el Reglamento y el Programa de Verificación Vehicular Obligatoria, los vehículos que no cumplan con estas restricciones, serán acreedores a una sanción de 20 UMAS, que equivale a 1,924.4 pesos.
• Entre los vehículos que podrán circular de manera normal este miércoles se encuentran los siguientes:
Vehículos eléctricos e híbridos, además los que cuenten con matrícula ecológica u holograma tipo exento.
Vehículos que porten holograma “00” o “0” cualquiera que sea su uso, que no sea engomado color rojo, terminación de placa 3 y 4
Vehículos de uso particular destinados en circunstancias manifiestas y urgentes, para atender una emergencia médica (incluye vehículos con personas que asisten a la vacunación por la COVID-19 y que porten folio de cita)
Vehículos de uso particular de trabajadores y trabajadoras del sector salud en todas sus especialidades, paramédica y administrativa con credencial vigente
Vehículos de servicios urbanos, destinados a prestar servicios de emergencia, emergencias médicas, salud, seguridad pública, bomberos, rescate, protección civil, de vigilancia ambiental
Vehículos de transporte escolar y de personal, que cumplan con las especificaciones de verificación vehicular vigentes y cuenten con el holograma y autorización correspondiente
Vehículos destinados a cortejos fúnebres y transporte de servicios funerarios, que cuenten con holograma de verificación vigente