Busco a mis hijos con el dolor de respirar ante su ausencia: Ceci Flores
CIUDAD DE MÉXICO, 28 de noviembre de 2017.- La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) solicitó a diversas autoridades federales, estatales y municipales la implementación de medidas cautelares en favor de aproximadamente 4 mil personas de los municipios de Chenalhó y Chalchihuitán, Chiapas, que son víctimas de desplazamiento forzado y precipitado ante la violencia generada y que impera en esa zona como consecuencia de un conflicto entre habitantes de dichos ayuntamientos, con la finalidad de proteger su integridad física, e incluso su vida.
En atención a que se trata de personas desplazadas que dejaron sus lugares de residencia de manera precipitada para proteger su integridad física y su vida, la CNDH considera necesaria su inmediata protección y resguardo para satisfacer sus necesidades básicas al encontrarse en situación de riesgo extraordinario.
Mediante oficio dirigido al Subsecretario de Derechos Humanos de la Secretaría de Gobernación, Roberto Campa Cifrián; Comisionado Ejecutivo de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas, Jaime Rochín del Rincón; Secretario General de Gobierno del Estado de Chiapas, Juan Carlos Gómez Aranda; Presidenta Municipal de Chenalhó, Rosa Pérez Pérez, y Presidente Municipal de Chalchihuitán, Martín Gómez Pérez, se les solicita que, de acuerdo con sus competencias y de forma coordinada entre las autoridades de los distintos órdenes de gobierno, se realice un censo de las personas víctimas del desplazamiento forzado interno por los hechos de violencia mencionados y se les garantice la satisfacción de sus necesidades básicas de alimentación, salud y alojamiento.
De igual manera, se les brinde protección y resguardo, ante el estado de vulnerabilidad en que se encuentran, y se garantice su derecho al a integridad física, e incluso su vida, y que mientras subsista el desplazamiento se prevean los lugares de alojamiento temporal en condiciones dignas y se les brinde el acceso a los servicios de salud, educativos y la orientación jurídica que requieran.
Asimismo, se solicita a dichas autoridades que lleven a cabo las acciones necesarias dentro del marco jurídico, que permitan solucionar los hechos de violencia referidos, privilegiando el diálogo y mediación entre las partes para evitar hechos de violencia, con independencia de donde puedan provenir, para que en el menor tiempo puedan tener un retorno seguro y duradero a sus comunidades de origen.
Esta Comisión Nacional conoció el recrudecimiento de la violencia por distintos medios informativos, que dieron cuenta de las afectaciones padecidas por casi 3,000 personas que habitaban en las comunidades de Chiquinshulum, Joltealal, Canech, Tzununil, N’amtic, Lobolaltic, Mashilo, Tzacucum, Pacanam, Tulantic y Kotolchij, ubicadas en el municipio de Chalchihuitán, Chiapas, así como de aproximadamente 1,000 más de las comunidades de Tzajalchen, Cha’cojton, Chimtic, Pajalto y Majonpepentik ubicadas en el municipio de Chenalhó, Chiapas.
Además, obtuvo información de integrantes del clero y de la Policía Estatal Preventiva del Estado de Chiapas, quienes señalaron el desplazamiento de personas de las localidades de Pom, Ch’enmut, Canalumtic, Emiliano Zapata, Tzomoltón y Cruztón, ubicadas en el municipio de Chalchihuitán, y de Yabteclum, Santo Ton y Las Limas, ubicadas en el municipio de Chenalhó.
Los clérigos refirieron que varias personas presentan problemas de salud y otras más solicitaron la intervención de las autoridades de los tres niveles de gobierno, con la finalidad de solicitar medidas de atención debido a la precariedad en que se encuentran, ya que no cuentan con alimentos, medicamentos, atención médica, ni los elementos que son necesarios para su subsistencia. Esta situación es aún más grave, considerando que las personas desplazadas, según la información recabada por esta Comisión Nacional, son mujeres embarazadas, menores de edad y personas mayores, quienes se encuentran sin refugio y a la merced de las bajas temperaturas que prevalecen en la región.
Sin prejuzgar las cuestiones de fondo y al considerar que se reúnen los requisitos de riesgo extraordinario, urgencia e irreparabilidad del daño, la CNDH solicitó la implementación de medidas cautelares con el objetivo de salvaguardar los derechos humanos de esas personas, las cuales deberán mantenerse durante el tiempo que se requiera, para evitar la consumación irreparable de hechos violatorios y de daños de difícil o imposible reparación.
La solicitud de medidas cautelares tiene su fundamento en lo dispuesto en los artículos 40 de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, así como 116, 117 y 118 de su Reglamento Interno. Las autoridades tienen plazo de 24 horas para formular su respuesta a este requerimiento.