Reforma judicial deja sin protección a periodistas: Jan Albert Hootsen
CIUDAD DE MÉXICO, 7 de julio de 2021.- Por unanimidad de votos, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó que el excandidato a la gubernatura de Baja California por el Partido Encuentro Solidario (PES), Jorge Hank Rhon, sí cometió violencia política de género, al referirse a la inteligencia de las mujeres, pues dichas expresiones se basan en estereotipos discriminadores.
Sin embargo, las y los magistrados modificaron el fundamento jurídico bajo el que se les sancionó, al considerar que se les debió juzgar con el artículo 20 Ter de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en la fracción IX que prevé que “Difamar, calumniar, injuriar o realizar cualquier expresión que denigre o descalifique a las mujeres en ejercicio de sus funciones políticas, con base en estereotipos de género, con el objetivo o el resultado de menoscabar su imagen pública o limitar o anular sus derechos”, constituye Violencia Política de Género.
Integrantes del Observatorio Electoral Ciudadano de Baja California presentaron una queja por las declaraciones de Hank Rhon del pasado 26 de enero. El Tribunal Electoral Local determinó la existencia de violencia política de género del excandidato y el partido (por culpa in vigilando).
Se les impuso una amonestación pública, y el dictado de medidas de reparación, como que Hank Rhon debe tomar un curso en materia de igualdad y convocar a una rueda de prensa, con un mínimo de cinco medios de comunicación presentes, para expresar de manera personal una disculpa pública verbal en relación con la infracción acreditada, además de medidas de sensibilización y de protección, relativas a que cuando emita declaraciones, debe incorporar perspectiva de género y evitar un uso sexista del lenguaje, reproducir estereotipos o violencia por razones de género en contra de cualquier mujer que desee participar o participe en la vida política y pública
Además, se resolvió que, una vez que se encuentre firme su resolución, se deberá ordenar a los Institutos local y Nacional Electoral (INE), la inscripción en los Registros Estatal y Nacional de personas sancionadas por Violencia Política de Género, respectivamente, por al menos seis meses. Ante este fallo, el entonces candidato a la gubernatura del estado presentó impugnaciones a los resolutivos arriba mencionados.
Las declaraciones de Jorge Hank Rhon se dieron en una conferencia de prensa en la ciudad de Tijuana, Baja California, previo a su toma de protesta y presentación como precandidato a la gubernatura, y fueron las siguientes:
«Porque yo a mi madre la quiero, la amo, la respeto, a mi esposa por supuesto, a mis hijas, entonces, yo, yo amo a la mujer y la respeto muchísimo, y creo que ahora como que se les ha bajado un poquito la inteligencia, antes eran las abusadas, órale, agarraban al que las mantenía y échale a chambear y yo aquí, y ahora no, ya quieren chambear ellas y ahora nos están poniendo una [inaudible] en todas partes porque resulta [inaudible] que son mejores que los hombres en casi todos los trabajos. no [inaudible] entonces bueno, soy totalmente respetuoso de la mujer».
En sesión pública no presencial, bajo el formato de videoconferencia, la magistrada y los magistrados rechazaron hoy los argumentos de los impugnantes, y consideraron que las expresiones del excandidato –al llevarse a cabo en un evento electoral y, por tanto, ejerciendo recursos públicos– se basaron en estereotipos discriminadores que acotan la inteligencia de las mujeres a lograr que alguien las mantenga, por lo que no pueden estar avaladas por la libertad de expresión, como solicitaban.