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CIUDAD DE MÉXICO, 13 de marzo de 2018.- La Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) manifestó su preocupación por las condiciones en que se encuentran personas reclusas en 109 centros penitenciarios de baja capacidad instalados a lo largo del país.
En un Informe Especial sobre los Centros de Reclusión de Baja Capacidad en la República Mexicana, remitido al Senado de la República, el organismo autónomo subrayó la baja capacidad de diseño, de acuerdo al Comité Internacional de la Cruz Roja, la cual es el número total de espacios destinados a los detenidos que se pueden albergar en una institución.
Hasta diciembre de 2017, el sistema penitenciario del país albergaba 204 mil 617 personas distribuidas en 358 establecimientos, de esta población 13 mil 177 personas se encuentran albergadas en 109 centros con capacidad menor a 250 espacios que dependen de las autoridades estatales que no cuentan en su mayoría con una infraestructura para desarrollar un buen régimen penitenciario, presentando 48 de ellas problemas de sobrepoblación. Dentro de esta cifra no se encuentran consideradas las cárceles municipales.
En 48 de los 109 centros de baja capacidad señalados, se observa un número de personas privadas de la libertad que rebasa el número de espacios, con problemas de hacinamiento que llega a niveles de sobrepoblación crítica, condición que supera su capacidad operativa y no permite garantizar el cumplimiento mínimo de las normas reguladoras de la vida en prisión.
En el documento publicado este martes en la Gaceta del Senado, la CNDH señala que estos centros de reclusión no cuentan con la infraestructura que permita una estancia digna y el desarrollo adecuado del régimen penitenciario de acuerdo con las normas y estándares nacionales e internacionales en la materia, partiendo de las Reglas Mínimas para el Tratamiento de los Reclusos Reglas Mandela y retomadas también en su publicación sobre Un Modelo de Prisión.
El Informe Especial considera además diversos instrumentos, normas y principios, así como directrices mínimas relacionadas que se encuentran expuestas tanto en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, la Convención Americana sobre los Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, así como en el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, entre otros.
El organismo nacional presidido por Luis Raúl González Pérez reiteró su preocupación por la ausencia de políticas públicas enfocadas al diseño de un verdadero sistema que haga compatible la infraestructura de las prisiones con los sistemas de gestión penitenciaria, en concordancia con los instrumentos internacionales y las normas que deben de observarse durante la prisión preventiva y la ejecución de penas.
La CNDH subrayó que de acuerdo con la fracción segunda del artículo 18 de la Carta Magna, el sistema penitenciario debe organizarse sobre la base del respeto a los derechos humanos, el trabajo, la capacitación para el mismo, la educación, la salud y el deporte como medios para lograr la reinserción social, considerando la separación entre hombres y mujeres, así como entre procesados y sentenciados para tal efecto.