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CIUDAD DE MÉXICO, 22 de junio de 2020. — Para garantizar una economía mundial resiliente que sustente una recuperación de la Covid 19 conductiva hacia el progreso social, los Gobiernos deben adoptar medidas legislativas decisivas, según un nuevo informe de la Confederación Sindical Internacional (CSI) titulado ‘Hacia la diligencia debida obligatoria en las cadenas mundiales de suministro’.
Aunque todos los Gobiernos tendrían que adoptar leyes sobre diligencia debida obligatoria respecto a los derechos humanos, una legislación en ese sentido a nivel de toda la UE y un Tratado de la ONU sobre empresas y derechos humanos constituyen pasos importantes para regular el comportamiento de las empresas en relación con la totalidad de sus operaciones y actividades a escala global.
“La pandemia de la Covid 19 ha puesto de manifiesto la fragilidad de las cadenas mundiales de suministro y los enormes riesgos para los derechos humanos y sindicales en una economía global altamente interconectada, que no se rige por los principios del Estado de derecho”.
Con la caída mundial de la demanda como resultado de la pandemia, muchas compañías pusieron término de golpe a la contratación de bienes y servicios, llegando incluso a no respetar los compromisos contraídos previamente, lo que ha tenido un impacto desastroso para los trabajadores en las cadenas mundiales de suministro.
“Conforme se propaga el coronavirus, años de promesas de responsabilidad social corporativa voluntaria se han desvanecido de la noche a la mañana. En ausencia de un marco normativo apropiado, las compañías globales han podido evadir responsabilidades hacia los trabajadores que producen los bienes y proporcionan los servicios que les permiten obtener enormes beneficios. No podemos permitir que esto vuelva a ocurrir”, indicó Sharan Burrow, secretaria general de la CSI.
“La diligencia debida obligatoria en la legislación nacional aportaría por primera vez a los trabajadores el marco legal necesario para obtener reparación, independientemente de donde esté establecido su empleador, impidiendo así que las compañías eludan sus responsabilidades hacia sus trabajadores, la sociedad y el planeta en general”, afirmó.
“Hacia la diligencia debida obligatoria en las cadenas mundiales de suministro” incluye ocho componentes básicos recomendados para una legislación efectiva sobre diligencia debida obligatoria, basándose en un análisis de los puntos fuertes y débiles de distintas leyes al respecto, efectuado por el profesor Olivier De Schutter para la CSI.
Aplicable a todas las compañías: la obligación de conducir la diligencia debida respecto a los derechos humanos debería imponerse a todas las compañías, independientemente de su talla, estructura o titularidad.
Obligaciones a lo largo de todas las estructuras corporativas y relaciones comerciales: la obligación de practicar la debida diligencia respecto a los derechos humanos debería extenderse a todas las entidades con las que estén conectadas las empresas comerciales a través de relaciones contractuales o de inversión.
Derechos humanos y laborales internacionalmente reconocidos: la obligación de practicar la debida diligencia respecto a los derechos humanos es extensiva a todos los derechos humanos internacionalmente reconocidos, incluyendo los derechos en el trabajo, sin distinción alguna. Se espera asimismo que las compañías ejerzan la diligencia debida en relación con su impacto medioambiental, incluyendo el impacto climático.
La CSI y la CES, junto con el Grupo de Trabajo sobre Conducta Empresarial Responsable del Parlamento Europeo, acogerán un evento el 22 de junio, de 10:30 a 12:30 CET, para discutir sobre la regulación de una conducta empresarial responsable en Europa y en el mundo entero. Pueden registrarse aquí para este evento.