Visión financiera/Georgina Howard
La Dirección de Administración del Seguro Social, envió 7 puntos respecto de la Licitación Pública Internacional LA-019GYR019-E56-2017 y sobre la cual realizo algunos cuestionamientos en mi columna «Visión Financiera» publicada el 11 de mayo en la agencia de información Quadratín.
Me referiré específicamente a los puntos que competen a mi publicación, los cuáles conciernen al tema de la plurianualidad, reducción de plazos, y la solidez en el procediemiento, mismos con conciernen al punto 1, 2 y 7, respectivamente.
1.- Plurianualidad:
RESPUESTA 1:
El contrato plurianual se desarrollaría del 1 de junio de 2017 al 31 de mayo 2020, plazo de 3 años con un presupuesto máximo de 3,271 mdp, mismo que el organismo justificó con supuestos ahorros de 189 millones, cantidad que no correspondería a la realidad, ya que el estudio de mercado utilizado para este concurso fija precios en áreas que por ley no se pueden cumplir como a) salarios para los trabajadores sin aumentos anuales generados por inflación b) incrementos del costo de materias primas c) el mencionado estudio no analiza costos de proveeduría “internacional”, tal y como lo delimita el apartado X del artículo 2 de la Ley de Adquisiciones, ya que se trata de una licitación pública internacional.
El IMSS solo otorgaba 14 días para entregar las ofertas técnicas y económicas, cuando el contrato fue autorizado desde el 25 de enero por el Consejo Técnico del IMSS, según el Acuerdo número AS3 HCT.250117/5 P.DA.
EL IMSS tuvo más de 3 meses para publicar el concurso, sin embargo, justifican una licitación «fast track» debido a que el 31 de mayo se vencía el contrato vigente, situación que solo comprueba una falta de control y organización al interior del organismo para un concurso de carácter internacional y estratégico para la seguridad de las instalaciones.
Además, el artículo 43 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, puntualiza que solamente que haya un caso extraordinario, en las licitaciones públicas internacionales, los organismos deberán dar 40 días como plazo entre la publicación de la convocatoria a la licitación pública y el acto de presentación y apertura de proposiciones.
En el tema de la plurianualidad, el hecho de que la contratación excede por dos años la presente administración federal (es de 2017 al 2020) aumenta no solo los riesgos de una terminación anticipada del contrato si no que los participantes no pueden calcular con exactitud la amortización de su inversión.
El IMSS ha desarrollado licitaciones anuales exitosas como las compras consolidadas, por lo que no es justificable realizar una licitación por 3 años para un servicio estratégico para el organismo.
2.- Reducción de plazos:
La reducción de plazos prevista por la Ley considera un mínimo 10 días entre la publicación de la convocatoria y la presentación de propuestas. Los tiempos planteados originalmente por el IMSS fueron 14 días.
A raíz de las inquietudes relacionadas con los plazos de la licitación, se tomó la determinación de ampliar los plazos, con lo que el tiempo con que actualmente cuentan los licitantes entre la publicación de la convocatoria y la presentación de propuestas es de 35 días.
Además, el IMSS publicó en CompraNet el proyecto de convocatoria (llamadas coloquialmente “pre-bases”) entre el 28 de marzo y el 11 de abril, lo que otorgó a los licitantes 13 días más tanto para conocer los términos y condiciones del servicio, como para plantear sus inquietudes sobre la licitación.
RESPUESTA 2:
El artículo 43 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, afirma que en las licitaciones públicas internacionales los organismos deberán dar 40 días como plazo entre la publicación de la convocatoria a la licitación pública y el acto de presentación y apertura de proposiciones.
La misma ley detalla que la reducción de los plazos o los casos de urgencia tienen que estar justificados por el titular del área requirente y autorizados por el titular del área contratante.
Ante tales inquietudes, el IMSS otorgó 20 días más para preparar la licitación, sin embargo, solo confirma la falta de planeación por licitar conforme a la magnitud del proyecto.
7.- Solidez del procedimiento:
El IMSS menciona en su carta explicativa que al día de hoy no existe una sola irregularidad denunciada ante el Órgano Interno de Control del Instituto, cuando documentos en poder de esta columnista refieren que son hasta ahora 8 inconformidades presentadas por cuatro empresas. Además de las 1,229 preguntas presentadas durante la Primera Ronda planteada en la convocatoria y 1,947 preguntas presentadas en la Segunda Ronda de Preguntas.
Motivo de la inconformidad: solicita hacer valer tiempo y formas legales de la convocatoria.
Motivo de la inconformidad: Ilegalidad tendenciosa y dirigida de la convocatoria publicada el 18 de abril de 2017 el cual generó un agravio sobre mi representada al establecer un procedimiento que contraviene los principios, generalidades, especificaciones de una contratación de esta magnitud, además de contravenir lo establecido en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público al no fundar sus razones claras y precisas por el cual desecho cada una de las proposiciones.
Motivo por el que se inconforma:premura de fechas para la licitación. La inconforme señala la publicación de la convocatoria el 20 de abril de 2017, en el Diario Oficial de la Federación y el 18 de abril de 2017 en el Sistema de Compras Gubernamentales Compranet, misma que fue emitida por la Dirección de Administración del IMSS.
*** Casino Kash reclama
TOME NOTA *** Muchos nos enteramos del incendio ocurrido este jueves del casino Kash en el municipio de Naucalpan, Estado de México, pero pocos saben que esta casa de apuestas fue cerrada en 2014 por la Dirección General de Juegos y Sorteos de la SEGOB, en tiempos de Marcela González Salas, quien revocó por “insubsistente” el permiso de la firma Exciting Games, bajo el cual operaba.
Pues esta semana el grupo Kash, que preside Gordon Burr, y quien es dueño de dicho establecimiento, demandó a las autoridades una investigación a fondo de las causas que generaron el siniestro, ya que para ellos este pudo haber sido provocado, pues el inmueble no contaba con energía eléctrica, gas o algún otro posible carburante, pero sí con información y documentos relevantes para la empresa estadounidense.
Asimismo, grupo Kash continúa con su demanda interpuesta desde 2014, en la cual y bajo el marco del Tratado de Libre Comercio (TLC), reclama los daños y perjuicios causados a los inversionistas, quienes aseguran el cierre fue ilegal. Además de permitir la devolución de los lugares a sus legítimos propietarios, esto conforme a derecho y por encontrarse los inmuebles y activos deteriorándose día con día por más de tres años ya.[email protected] y [email protected]