Semivacía, Feria de Chilpancingo tras crimen de su presidente
desde pequeñas alteraciones al organismo, hasta cosas irremediables como la muerte
CIUDAD DE MÉXICO, 14 de enero (Quadratín México).- La Secretaria de Gobernación (Segob) dio a conocer las reformas a la Ley General de Salud y al Código Federal de Procedimientos Penales, que tipifican como delito grave la adulteración y falsificación de bebidas alcohólicas.
En el Diario Oficial de la Federación, la dependencia publicó los cambios legales aprobados por el Poder Legislativo el mes pasado, que establecen pena de seis meses a tres años de prisión a y multas de hasta mil días de salario mínimo a quien incurra en ese acto ilícito.
El decreto establece modificaciones a los artículos 464 y 194 de la Ley General de Salud, que plantea que cuando se trate de bebidas alcohólicas alteradas, se dictará una pena de tres a siete años de cárcel y de 250 a 500 días de multa.
La reforma, que entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, fue aprobada en la Cámara de Diputados con 427 votos favor, uno en contra y una abstención.
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