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MÉXICO, DF, 9 de julio de 2015.- El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) instruyó al Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF) a buscar y entregar información sobre el monto de los donativos que en su caso, hubieran sido entregados a la Fundación Teletón, durante los años 2013, 2014 y hasta el 12 de mayo de 2015, informó el instituto a través de un comunicado.
Al resolver un recurso de revisión presentado por un particular inconforme con la respuesta del sujeto obligado, mismo que fuera turnado a la ponencia del comisionado Francisco Javier Acuña Llamas, el Pleno del Instituto determinó que el DIF fue omiso en consultar a las unidades administrativas que cuentan con la competencia para conocer de este requerimiento.
En su respuesta, y posteriormente en etapa de alegatos, el DIF aseguró que no se encontró monto alguno proporcionado a Fundación Teletón, por lo que el resultado de la búsqueda fue igual a “cero”, lo cual, de acuerdo con el criterio 18/2013 del entonces IFAI no requiere de una declaratoria formal de inexistencia de la información por tratarse de un dato estadístico o númerico.
Al respecto, la Dirección General de Rehabilitación indicó que su objetivo es dirigir el Programa de Atención a Población Vulnerable y que no cuenta con un programa para otorgar ese tipo de apoyos; en tanto que la Dirección General de Enlace Interinstitucional señaló que no encontró antecedentes de montos entregados a la Fundación Teletón.
En el análisis hecho por la ponencia del comisionado Acuña Llamas, se identificó que la solicitud de acceso no fue turnada a las unidades administrativas competentes, ya que faltó la búsqueda en la Secretaría Técnica de la Junta de Gobierno, ya que dicha Junta cuenta entre sus facultades, con la de aprobar el otorgamiento de donativos; mientras que por otra parte, la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales, se encarga de conducir la recepción y entrega de donativos y asignaciones.
“De las manifestaciones vertidas por la autoridad en su respuesta y en alegatos, es posible deducir que utilizó un criterio restrictivo en la búsqueda de la información, en virtud de que no consultó a las unidades administrativas que resultan competentes para conocer de la misma”, destacó el comisionado ponente.
A propuesta del comisionado, el Pleno del INAI revocó la respuesta del sujeto obligado y le instruyó buscar y proporcionar la información al solicitante o en su defecto, por conducto de las unidades competentes, indique que no ha efectuado donativos a la Fundación Teletón durante el periodo del interés del solicitante.