Con cédula digital avanza IMSS en la transformación de sus servicios
MÉXICO, DF, 11 de mayo de 2015.- El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) instruyó a la Comisión Federal de Electricidad (CFE) a entregar versión pública de toda la información en que consten las reuniones de consulta con comunidades indígenas sobre el Proyecto Hidroeléctrico Las Cruces, informó el instituto a través de un comunicado.
En apego a su atribución de garantizar el derecho de acceso a la información de la ciudadanía, el Pleno del INAI revocó la respuesta que CFE dio a la solicitud de un particular sobre reuniones sostenidas con comunidades indígenas de Rosarito, Municipio de Rosamorada, Nayarit, para conocer el proyecto de la hidroeléctrica. El sujeto obligado clasificó la información como reservada aludiendo a un proceso deliberativo con las comunidades indígenas y el gobierno de Nayarit.
En el análisis del caso, el comisionado ponente Joel Salas Suárez señaló que si bien existe un proceso deliberativo, la información se considera de interés público porque permite verificar que el Estado garantiza el derecho de las comunidades indígenas a ser consultadas en decisiones que impactan su forma de vida. Según denuncias de los pueblos indígenas, confirmadas por organizaciones de la sociedad civil como el Centro Mexicano de Derecho Ambiental (CEMDA) y la Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA), esto no ha sido cumplido.
Además, existe información que no documenta opiniones, recomendaciones o puntos de vista de servidores públicos, y la CFE no acreditó de manera suficiente el daño potencial que se ocasionaría con la publicación de la misma. Sin embargo, el sujeto obligado debe generar versión pública de la información, pues podría contener datos personales que pudieran hacer identificables a quienes participaron en las reuniones.
Respecto a que la CFE no aportó prueba de daño suficiente, Salas Suárez advirtió que la recién aprobada Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública dispone que no se puede clasificar información sin que dicha prueba esté debidamente fundamentada y motivada, por lo que hizo un llamado a los sujetos obligados para ajustarse a esta previsión.
Señaló que también existen precedentes sobre el tema, pues el 4 de marzo pasado se instruyó a la CFE entregar los resultados de las consultas de opinión. De igual manera, señaló otros recursos de revisión resueltos por el Instituto durante 2014 en el que se pidió información del proyecto Las Cruces a otros sujetos obligados como Semarnat o la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas (CDI).
“La vida cotidiana de los habitantes de la zona en que se desarrollará el proyecto se verá afectada y tienen derecho a contar con información completa sobre ello. Sin este requisito, no es posible afirmar que se han previsto las medidas de mitigación necesarias”,destacó el comisionado Salas.