Aprueban Ley de Responsabilidades Administrativas del PJ
MÉXICO, DF, 30 de septiembre de 2014.- El Grupo Parlamentario del PAN en la Cámara de Diputados impulsa cinco iniciativas a manera de contrarreforma fiscal para modificar las tasas de ISR a Personas Morales del 30 al 28 por ciento; la deducibilidad al 100 por ciento de activos fijos y la reducción de la tasa del IVA en la frontera del 16 al 11 por ciento.
En conferencia de prensa, el coordinador de la bancada panista en San Lázaro, José Isabel Trejo Reyes, junto con los subcoordinadores, legisladores de estados fronterizos y el vicecoordinador Marcelo Torres Cofiño, presentaron además iniciativas para modificar las disposiciones fiscales como la derogación del gravamen a los refrescos y exentar del pago del impuesto al transporte público foráneo.
Sin embargo, el líder panista Trejo Reyes admitió a Quadratín México que aunque “va a ser difícil que pase en el Congreso, el PAN tiene que ser muy directo qué es lo que está buscando y lo que hemos detectado en la sociedad a través de las voces de los pequeños, medianos y grandes contribuyentes de la frontera”.
“Si los ciudadanos saben que ni siquiera voz tienen en el Congreso, pues entraría la desesperanza y otro tipo de medidas. Es lo que vamos a ofrecer y vamos a seguir combatiendo esta reforma fiscal junto con empresarios y contribuyentes que coinciden con nosotros”, agregó el diputado al señalar que su bancada buscará enmendar los errores de este gobierno.
Al tomar la palabra, el diputado Juan Bueno Torio acusó al gobierno federal de proyectar un crecimiento económico “pobre y mediocre”, muy por debajo de los parámetros previstos por la misma administración y que era del 3.9 por ciento.
En el tema del gravamen de un peso por litro a bebidas azucaradas, el legislador panista dijo que es un evidente fracaso, por lo cual proponen derogarlo, ya que “no se ha disminuido el consumo de refrescos y, al contrario, impacta al productor que a la cadena productiva”.
Sobre la propuesta de reformar la Ley del IVA, buscará nuevamente la exención del pago del impuesto al transporte público terrestre de pasajeros, manteniendo también el beneficio al trasporte público terrestre de personas, prestado en áreas urbanas, suburbanas o zonas metropolitanas.