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CIUDAD DE MÉXICO, 21 de octubre de 2026.- Con 281 votos a favor y 87 en contra, fue aprobado el dictamen que reforma el Código Penal Federal y la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial.
La iniciativa, conocida como Ley Antimemes, generó críticas de la oposición por considerar que puede derivar en censura.
La reforma contempla penas de hasta 10 años de prisión por difundir obras protegidas por derechos de autor antes de su lanzamiento oficial, sin autorización de sus titulares.
El dictamen también establece de tres a siete años de cárcel y multas de mil a 10 mil días multa para quien, a escala comercial y sin autorización, elimine o altere información sobre la gestión de derechos de autor.
Para determinar las sanciones económicas, se considerarán factores como el alcance de la difusión, el impacto en la explotación de la obra, el perjuicio causado y el beneficio económico que se pretendía obtener.
Las cantidades resarcitorias podrán oscilar entre 340 y 50 mil Unidades de Medida y Actualización (UMA).
La legislación define la escala comercial como actividades que buscan ganancias económicas, ventajas competitivas o valor agregado, así como conductas que perjudiquen significativamente a los titulares de derechos, incluso sin fines de lucro, bajo determinados umbrales económicos.
Además, prevé de uno a cinco años de prisión y multas de mil a 10 mil UMA para quienes utilicen o imiten elementos gráficos, dominios o documentos oficiales con fines de engaño para cometer ilícitos.