Defiende Bolaños-Cacho presupuesto sin ideologías
CIUDAD DE MÉXICO, 19 de noviembre de 2025.- Por unanimidad de 110 votos a favor, el Pleno del Senado aprobó aumentar la penalidad de hasta 25 años de prisión por extorsión, 33 años a quienes extorsionen a productores del campo, 37 años a quien cometa el delito contra uno o varios migrantes, menores, embarazadas o adultos mayores y 42 años contra montachoques.
Los senadores corrigieron la minuta aprobada por la Cámara de Diputados y también reincorporaron a la sanción de 10 a 20 años de prisión para los servidores públicos que se abstengan de denunciar la comisión de los delitos, a fin de evitar la corrupción.
Este aumento no afecta a quienes actualmente se encuentran purgando una sanción por este delito, pues el principio de irretroactividad previsto en el artículo 14 constitucional impide aplicar la ley en perjuicio de persona alguna”, aseguró en tribuna el presidente de la Comisión de Justicia, Javier Corral Jurado.
El proyecto de decreto para expedir la Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar los Delitos en Materia de Extorsión, iniciativa de la presidenta Claudia Sheinbaum, fue devuelta a la Cámara de Diputados por aprobar las modificaciones.
Las penas se aumentarán hasta ocho años, es decir, 33 años en total, a quien cometa extorsión en especie, dinero o bienes, o en contra de comerciantes, empresarios, industriales, agricultores, ganaderos, pesqueros, públicos y privados.
Hasta 37 años a quien cometa extorsión en contra de una o varias personas migrantes, menores de edad, mujeres embarazadas o adultos mayores de 70 años de edad.
A quien utilice información privada de la víctima o de sus familiares, como datos personales, imágenes, audios, textos o videos, reales o manipulados, para coaccionar.
Hasta 42 años de prisión a los llamados montachoques, cuya descripción del proyecto establece a la persona que emplee violencia física o moral para exigir cobro de un daño derivado de un hecho de tránsito de manera intencional, independientemente de que se haya o no obtenido el lucro.
También la misma penalidad a quienes utilicen violencia física, moral o psicológica para exigir el cobro de un daño ocurrido en algún objeto de su propiedad por un supuesto accidente provocado de manera intencional.
A quienes obstaculicen, impidan, anulen o menoscaben el ejercicio del derecho de la libertad de expresión o la defensa de los derechos humanos.
A los falsos inspectores o empleados de bancos, instituciones de gobiernos, empresas estatal o privadas, con el fin de obtener datos personales o financieros de la víctima.
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