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CIUDAD DE MÉXICO, 8 de noviembre de 2026.- Del 1 de julio al 30 de septiembre de este año, la Comisión Nacional Antimonopolio resolvió 40 concentraciones autorizadas, cuyo valor total fue de 541 mil 011 millones de pesos, equivalente al 1.5 por ciento del PIB de México en 2025.
El Tercer Informe Trimestral 2026 del árbitro de la competencia económica en México, enviado al Senado de la República, destaca que se impusieron 10 millones de pesos en multas por la omisión de notificar una concentración cuando existía la obligación legal de hacerlo.
Del valor total de las concentraciones resueltas, la Comisión presume que representa una mayor que la aportación individual al PIB de 16 entidades federativas en 2025.
La Comisión Antimonopolio es el árbitro de la competencia económica en México y, como organismo público descentralizado de la Administración Pública Federal (APF), sectorizado a la Secretaría de Economía.
En su glosario, la Comisión define una concentración como la fusión, adquisición del control o cualquier acto en virtud del cual se unan sociedades, acciones, partes sociales, fideicomisos o activos en general que se realice entre competidores, proveedores, clientes o cualesquiera otros agentes económicos.

Multas por incumplimiento de inhabilitación y por información falsa
En el periodo reportado, la Comisión Nacional Antimonopolio impuso dos millones 219 mil 589 de pesos en multas por incumplir con una medida de inhabilitación establecida en una resolución y por presentar información falsa en el procedimiento de notificación de concentración.
En el primer caso, el 2 de julio pasado, el Pleno de la Comisión Antimonopolio sancionó a dos personas físicas por incumplir con una medida de inhabilitación por prácticas monopólicas absolutas en la distribución y comercialización de gas LP en el territorio nacional.
Como antecedente, el 26 de octubre de 2022, la extinta Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) impuso una inhabilitación de ocho meses a dos personas físicas por su participación en la comisión de prácticas monopólicas absolutas en el mercado de gas LP.
Pese a que las personas físicas tenían la obligación de separarse de sus cargos a partir del 8 de noviembre de 2022, se acreditó que ambas personas continuaron en sus puestos dentro de las empresas gaseras con posterioridad a la fecha establecida, por ello se impuso multas como medida de apremio por un monto conjunto de 476 mil 809 pesos.
En el segundo caso, el 18 de agosto de 2026, se sancionó a los agentes económicos Kinich y China Three, tras acreditar que realizaron declaraciones y entrega de información falsa a la extinta Cofece, sobre la estructura del capital social y la participación de los accionistas directos e indirectos.
El informe detalla que la entrega de información falsa comprometió el análisis preventivo de la autoridad de competencia, debido a que impidió que ésta identificara con certeza si los adquirentes o sus accionistas participaban en otras empresas con actividades similares o relacionadas.
Por ello, se impuso a Kinich y China Three multas que en conjunto sumaron un millón 742 mil 780 pesos.
