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CIUDAD DE MÉXICO, 9 de agosto de 2018.- La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) resaltó que la tutela efectiva de los derechos de la población indígena –compuesta por 15.7 millones de personas de las cuales 6.6 millones hablan una lengua originaria— no se ha consolidado plenamente en el sistema de prácticas sociales, jurídicas y políticas en el país, a pesar de contar con uno de los mecanismos jurídicos más eficaces contra los fenómenos de discriminación y violencia.
De acuerdo con los expedientes de queja con que cuenta este Organismo Nacional, subsisten obstáculos como la persistencia de prácticas discriminatorias, racistas e intolerantes contra integrantes de pueblos y comunidades indígenas; violencia de género contra niñas, niños y adolescentes indígenas; feminicidios contra mujeres indígenas y resistencia social y comunitaria a la participación política de las mujeres indígenas.
Según reprocha en un comunicado, también, falta de reconocimiento de los sistemas normativos de los pueblos y comunidades indígenas y la inobservancia del derecho a la consulta libre, previa e informada, ausencia de empleos bien retribuidos y tolerancia del trabajo infantil y sus peores formas, falta de regulación de las empresas trasnacionales extractoras de recursos naturales (mineras y eólicas), dificultad en el acceso a la justicia de las personas indígenas, incluida la problemática de personas indígenas en reclusión.
De acuerdo con la Encuesta Nacional sobre Discriminación (ENADIS) 2017, el 75.6 por ciento de las 39 mil 101 personas entrevistadas en sus hogares considera que las personas indígenas son poco valoradas por la mayoría de la gente; y 49.3 por ciento estima que los derechos de esa población son poco o nada respetados, mientras que el 40.3% de las personas indígenas declaró haber experimentado al menos una situación de discriminación, como rechazo o exclusión de actividades sociales, le hicieron sentir o miraron de manera incómoda, recibió insultos, burlas o le dijeron cosas que le molestaran, recibió amenazas, empujones o jaloneos o le obligaron a salir de una comunidad.
Algunos de los hechos violatorios de derechos humanos de personas y comunidades indígenas más frecuentes en el periodo 2015 a julio de 2018, incluyendo a personas jornaleras indígenas, son, entre otros: faltar a la legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficacia en el desempeño de las funciones, empleos, cargos o comisiones; acciones y omisiones que transgreden los derechos de las personas indígenas; prestar indebidamente el servicio público; trato cruel, inhumano y degradante; acciones u omisiones contrarias a los derechos de las personas privadas de su libertad; detención arbitraria; omitir proporcionar atención médica; omitir proporcionar intérprete o traductor si no habla el idioma, y omitir dar respuesta a la petición formulada por cualquier persona en ejercicio de su derecho.
En relación con esos hechos, en el periodo de referencia se emitieron 17 recomendaciones específicas, una conciliación y dos recomendaciones generales (27/2016 y 31/2017), que versaron sobre el derecho a la consulta previa de pueblos y comunidades indígenas, inadecuada atención médica, violación al derecho a la protección de la salud y la vida, acceso a la información en materia de salud, consentimiento informado en servicios de anticoncepción, libertad y autonomía reproductiva y violencia obstétrica en el Sistema Nacional de Salud, así como discriminación a personas indígenas y privación ilegal de la libertad e impedimento al derecho a la educación.
En el mismo periodo los derechos más vulnerados son: a la seguridad jurídica, al trato digno, a la integridad y seguridad personal, a la protección de la salud, de petición, a la igualdad, a la libertad y a la legalidad.
La Comisión Nacional de los Derechos Humanos expresa su convicción de impulsar aún más la cultura de respeto y observancia de los derechos fundamentales para prevenir la discriminación y violaciones a los derechos de los pueblos indígenas, lo que es parte de la estrategia para que transiten de una situación de vulnerabilidad a una en que sean sujetos plenos de Derecho.
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