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CIUDAD DE MÉXICO, 11 de noviembre de 2019.- Con el rechazo total de la bancada del PAN, PRD, algunos priistas y de MC, el Pleno de la Cámara de Diputados avaló por 289 votos a favor, 144 en contra y 19 abstenciones, en lo particular en los artículos reservados la Ley de Amnistía en favor de aquellas personas a las que se les haya ejercitado acción penal ante los tribunales del orden federal, por delitos menores, sean grupos vulnerables y no sean reincidentes.
El dictamen, que primero fue avalado en lo general por 306 votos a favor, 129 en contra y cuatro abstenciones y que fue turnado al Senado para sus efectos constitucionales, fue calificado por la bancada del PAN como un acto de populismo por parte del Gobierno.
Aseguraron que, esta ley no atiende causas esenciales, “las leyes de amnistía o las que tienen como fin lograr una justicia transicional primero atiende las causas y no a los efectos, y esta ley no atiende ninguna causa real”.
El panista José Elías Lixa, integrante de la Comisión de Justicia, explicó que esta ley únicamente va dirigida a quienes han sido procesados por los tribunales federales, sin embargo, dijo, los delitos a los que se refiere en su mayoría son atendidos en el ámbito local, “es decir están vendiendo un espejismo”.
Ejemplificó con el aborto, el cual, dijo, en muchos estados es delito y lo seguirá siendo y las personas juzgadas por esta causa lo han sido en términos de lo local, porque no han podido exponer un solo caso en términos de la justicia federal.
Advirtió que esta ley va a generar en los próximos días un vacío legal sumamente riesgoso, porque se aplicará a partir de su entrada en vigor, “es decir que de aquí a que se publique en el Diario Oficial de la Federación (DOF) para entrar en vigor, van a pasar suficientes días para quienes quieran salir a robar lo van a poder hacer de manera impune en los próximos días”.
De acuerdo al dictamen aprobado, quienes puedan ser beneficiados por la amnistía, deberán cumplir con tres condiciones: que la sentencia en firme que tenga el inculpado sea la primera; que no se haya cometido delito de privación de la vida, secuestro o delitos contra la integridad personal y, no se hayan utilizado o empleado armas de fuego.
Los delitos susceptibles a amnistía son: aborto, que incluye a la mujer que interrumpió el embarazo, a los médicos, cirujanos, comadronas o parteras, practicantes del procedimiento; los delitos contra la salud, por posesión y transporte de narcóticos en los casos que se trate de personas en estado de vulnerabilidad.
Los cometidos por integrantes de los pueblos indígenas a quienes no se haya garantizado el debido proceso. También por el robo simple sin violencia y no reincidente; la sedición y delitos políticos, con excepción del terrorismo.
En tanto, los casos donde no se concederá el beneficio de esta ley será a quienes hayan cometido delitos contra la vida o la integridad corporal, salvo lo establecido en el artículo 1 de la Ley de Amnistía, fracciones I y II; ni a quienes cometieron el delito de secuestro, o cuando se hayan utilizado armas de fuego en la comisión del delito.
Tampoco se podrán beneficiar las personas indiciadas por los delitos a que se refiere el artículo 19 de la Constitución Política, o cometido otros delitos graves del orden federal, mientras que, las quienes se beneficien con la ley no podrán ser detenidas en el futuro, ni procesadas por los mismos hechos.
Al fundamentar el dictamen, la secretaria de la Comisión de Justicia, diputada Claudia Pérez, sostuvo esta ley atiende uno de los reclamos más sentidos del pueblo de México que es la justicia, y dejó en claro que la amnistía debe ser delimitada y establecer cuáles son las conductas delictivas a considerar, así como las cualidades de las personas a las que se dirige.
Por ello, dijo, se establecen casos muy específicos, donde destacó el caso del aborto, el cual, detalló, va dirigida a todas las mujeres que han sido víctimas; mientras que los delitos contra la salud, en la modalidad de posesión, como sujetos activos, están las mujeres obligadas a transportar drogas, bajo la amenaza o influencia de su pareja.
Argumentó que la ley tiene que ver con los hechos concretos que ya acontecieron, “por consiguiente, la amnistía o perdón es una solución de equidad para menguar la justicia penal, máxime cuando surgen aberraciones cuyo factor determinante lo originan las circunstancias políticas, económicas y sociales (…). Este dictamen brinda la oportunidad para restituir en sus derechos a muchas personas que han sido víctimas de un sistema corrupto y desigual”.
Por la Comisión de Gobernación y Población, la presidenta, Rocío Barrera señaló que esta ley abona a la recomposición de la relación entre la ciudadanía y el gobierno, a partir del reconocimiento de que el Estado, en ocasiones ha cometido violaciones al debido proceso y, otras tantas, se ha victimizado a personas que se encuentran en vulnerabilidad, ya sea por su situación de pobreza, grupo étnico al que pertenece o por su género.
“Se plantea un acto de reconciliación en la búsqueda de la paz justa y verdadera de la que México urge. Con la ley, se asume la intención del Estado de abonar a una visión punitiva en temas que definen su arreglo con la ciudadanía; considera viable y trascedente adoptar un enfoque de reinserción en cuestiones que tienen que ver más con la vulnerabilidad que lacera a las comunidades, que con una intención delictiva dolosa”, apuntó.