Transparencia, el reto de la transición al Inegi y la reforma necesaria
CIUDAD DE MÉXICO, 5 de noviembre de 2024.- Con siete votos a favor y cuatro en contra, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) respaldó la procedencia de la Acción de Inconstitucionalidad y sus acumuladas, pero decidieron tomar un receso para después discutir a fondo si seis u ocho votos logran la mayoría calificada, según otros casos precedentes.
Luego de pasadas las cinco horas, la ministra presidenta Norma Piña declaró un receso y reanudar a las 16:30 horas para votar sobre este asunto para reconocer validez o desestimar invalidez de la reforma constitucional al Poder Judicial.
Ello, luego de que Alberto Gelacio Pérez Dayán se sumó al bloque que apoya al oficialismo de las ministras Lenia Batres, Loretta Ortiz Ahlf y Yasmín Esquivel Mossa, que van por el sobreseimiento y la improcedencia de la acción de inconstitucionalidad que promueven los partidos políticos.
Congruente con su voto cuando se establecieron las salas, la presidenta de la Corte, Norma Piña, consideró deben ser seis votos para lograr la mayoría calificada.
El ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá intervino que este escenario está previsto en los artículos Segundo y Sexto transitorio de la reforma y reiteró que se debe asumir lo que dicta actualmente la Constitución en su artículo 105, fracción segunda último párrafo:
Las resoluciones de la Suprema Corte sólo podrán declarar la invalidez de las normas impugnadas siempre que fueron aprobadas por una mayoría de cuando seis votos”.