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CIUDAD DE MÉXICO, 21 de octubre de 201.- Luego de las declaraciones del presidente de la Sección Instructora de la Cámara de Diputados, Ricardo Ramírez Nieto, en el sentido de que el gobernador con licencia de Veracruz, Javier Duarte, perdió el fuero cuando protestó el mandatario interino, el presidente de la Mesa Directiva de San Lázaro, Javier Bolaños Aguilar, aseguró que la licencia concedida no implica la privación de dicho derecho.
“Es necesario insistir que la licencia concedida al funcionario para separarse de su puesto, no implica privación de su fuero. No se puede renunciar a ese derecho, porque el beneficio de la ley no está establecido únicamente en favor del particular”, detalló.
Explicó que el fuero o inmunidad constitucional es una prerrogativa que se les otorga a los representantes populares y determinados servidores públicos y quienes cuentan con ella disfrutan la facultad de no comparecer, ser detenidos o presos, sin previa declaración de procedencia del propio cuerpo o cámara a la que pertenecen.
Sin embargo, enfatizó que ello no implica “revestirlos” de impunidad y ni que el fuero constitucional puede ser utilizado para encubrir actos delictivos o violaciones a la ley; reconoció que el fuero se ha convertido en sinónimo de privilegio cuando en realidad es una inmunidad procesal.
«El fuero se convirtió en sinónimo de privilegio cuando en realidad se refiere a un ámbito de competencia judicial que divide a la justicia en militar y civil, mientras que la excepción de la que gozan mil 854 servidores públicos, desde el Presidente de la República hasta diputados locales, es en realidad inmunidad procesal», detalló.
Bolaños Aguilar dijo que la impunidad deriva muchas veces del privilegio propiciado por esa inmunidad procesal, ya que para que un servidor público pueda ser sometido a la justicia, como cualquier ciudadano en caso de cometer delitos graves, requiere de un juicio de procedencia, lo que lleva tiempos establecidos que no favorecen la acción de la justicia.
De acuerdo a la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, se requieren cuando menos 46 días para poder contar con un dictamen de Sección Instructora de la Cámara de Diputados, órgano donde debe iniciar el proceso, para el desafuero de un funcionario, a partir de la presentación y ratificación de una denuncia por parte de la PGR, sin embargo, este plazo puede prolongarse por el tiempo que el mismo ente legislativo considere necesario.
Por lo que el panista señaló que se debe revisar este beneficio pues aunque tiende a ser protegida constitucionalmente con objeto de que su función de soberanía no se menoscabe, «tampoco se pueda usar para encubrir un delito o la violación a la ley».