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CIUDAD DE MÉXICO, 27 de enero de 2026.- Al presentar el primer informe del descarrilamiento del Tren Interoceánico, la fiscal general de la República (FGR), Ernestina Godoy, informó que su velocidad autorizada es de 50 kilómetros por hora (km/h), sin embargo, viajaba a 65 km/h en la curva del siniestro, de acuerdo con los registros de la caja negra y descartó, de manera preliminar, cualquier deficiencia en la infraestructura ferroviaria o fallas mecánicas en la locomotora.
Ante estos hallazgos, añadió Godoy Ramos durante mensaje, las autoridades correspondientes han confirmado que se ejercerá acción penal por los posibles delitos de homicidio y lesiones culposas.
Esta determinación legal surge tras identificar que el siniestro derivó de una presunta negligencia en la operación de la unidad y no de factores externos o fallas en el sistema de vías.
Sobre los hechos ocurridos el pasado 28 de diciembre en el kilómetro 230 de la ruta Salina Cruz-Coatzacoalcos, en el poblado de Nissanda, Oaxaca, añadió que desde el primer día, personal de la Fiscalía Especializada de Control Regional inició la carpeta de investigación, desplazándose al lugar junto con peritos y policías de la Agencia de Investigación Criminal (AIC).
Hasta el momento, se han realizado inspecciones a la vía (incluyendo cinco kilómetros previos y posteriores al descarrilamiento), revisiones a las dos locomotoras y cuatro coches acoplados, así como la recolección criminalística de indicios bajo cadena de custodia.
Entre las diligencias clave destacan la verificación del sistema de acoplamiento, el levantamiento topográfico y la recuperación de la caja negra de la locomotora siniestrada.
En estos trabajos han participado expertos en diversas áreas, desde ingeniería mecánica y eléctrica hasta especialistas en aeronáutica para la interpretación de los datos de la caja registradora de eventos.
De acuerdo con las inspecciones, no se encontraron daños previos en la superestructura (rieles, durmientes, balasto) ni en la subestructura que no fueran causados por el siniestro mismo.
Además, tras verificar las ruedas, superficies de rodadura y mecanismos de conexión del tren (que pesa aproximadamente 400 toneladas), se determinó que el funcionamiento mecánico y el estado físico de la unidad eran adecuados y cumplían con la normatividad.
El análisis de la caja negra reveló datos determinantes, pues el “horario ferroviario vigente” establece que la velocidad máxima para el tramo donde ocurrió el siniestro es de 50 km/h para pasajeros, sin embargo, el registro indica que el tren viajaba a 65 km/h al momento del accidente.
Más alarmante aún es que en zonas de recta previas, donde el límite es de 70 km/h, el tren alcanzó velocidades de hasta 111 km/h.
Aunque el sistema de frenado funcionaba correctamente (registrando paradas totales en estaciones anteriores), tras el último frenado hubo un incremento súbito de velocidad debido a una aceleración considerable por parte del maquinista.
En este sentido, Godoy Ramos indicó que el exceso de velocidad, combinado con el peso y la masa del tren, aumentó la fuerza centrífuga en la curva, provocando que la unidad saliera de las vías y volcara.
La investigación señala que los responsables de la operación no observaron las reglas de seguridad vigentes.
Por lo anterior, la FGR decidió ejercer acción penal por la probable comisión de los delitos de homicidio y lesiones culposas.
Y actualmente trabaja en coordinación con diversas instituciones (Segob, Semar, CEAV, entre otras) para la integración de expedientes clínicos y garantizar la reparación integral del daño a las víctimas, la cual ya es gestionada por la empresa ferroviaria.