Cerca de 4 mil registrados, para elección de jueces y magistrados
CIUDAD DE MÉXICO, 29 de octubre de 2019.- El Pleno de la Cámara de Diputados avaló en lo general y particular con 420 votos a favor, 29 en contra y cinco abstenciones, el dictamen a la minuta enviada por el Senado que reforma los artículos 108 y 11 de la Constitución, para ampliar los delitos por los que el Presidente de la República puede ser destituido y juzgado, sin que esto signifique la eliminación de la protección constitucional del fuero.
Los diputados modificaron la minuta del Senado que proponía incluir como sujetos a juzgar a integrantes del Congreso de la Unión, es decir, diputados y senadores, así como secretarios de Estado, ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
Magistrados electorales, consejeros de la judicatura, Fiscal General, consejeros del Instituto Nacional Electoral (INE), cabe recordar que estos últimos ya son responsables penalmente por cualquier delito culposo o doloso.
Por lo que regresaron el dictamen al texto original con la propuesta del Ejecutivo, donde no se establece una eliminación del fuero como tal, sino que señala solo al Presidente de la República para poder ser acusado durante su tiempo de gestión por actos de corrupción, delitos electorales y delitos contenidos en el segundo párrafo del artículo 19 constitucional.
Sobre éstos últimos destacan, el abuso o violencia sexual contra menores, delincuencia organizada, homicidio doloso, feminicidio, violación, secuestro, trata de personas, robo de casa habitación, robo al transporte de carga en cualquiera de sus modalidades, delitos en materia de hidrocarburos, petrolíferos o petroquímicos, entre otros.
Mientras que, en lo que se refiere a actos de corrupción, señaló el diputado Pablo Gómez, son todos aquellos comprendidos en el Código Penal, como: ejercicio ilícito del servicio público; abuso de autoridad; uso ilícito de atribuciones y facultades; intimidación; tráfico de influencias; cohecho; peculado; entre otros.
En lo que respecta a los delitos electorales, de acuerdo a la Ley General de Delitos Electorales, existen 14 conductas consideradas como ilícitas, la cuales, tienen múltiples tipos penales.
El documento señala que, para proceder penalmente contra el Presidente sólo habrá lugar a acusarlo ante la Cámara de Senadores en los términos del artículo 110 constitucional y en ese supuesto la cámara Alta resolverá con base en la legislación penal aplicable.
La polémica de este dictamen empezó cuando, desde la fundamentación del documento por parte de la presidenta de la Comisión de Puntos Constitucionales, Miroslava Carrillo, se manejó como eliminación del fuero.
Lo que fue refutado por los diputados del PAN y PRI, quienes aseguraron que no se quita esta figura, sino que solo se trataba de un ajuste en los delitos por los que podrá ser acusado el jefe del Ejecutivo.
«Hay quien piensa todavía en este momento que vamos a quitar el fuero presidencial, eso no es cierto; hoy debatimos en torno a la ampliación del catálogo de los delitos por los cuales el jefe del Ejecutivo podrá ser responsable política y penalmente.
«(…) Lo decimos claro y contundente, no se elimina ningún fuero al Supremo Poder Ejecutivo, ciertamente, se perfecciona un modelo para evitar que prive la impunidad en lo más alto del cargo del servicio público en México. Afirmar lo contrario, sería una falacia, puesto que no se retira ningún privilegio procesal”, expuso el diputado del PRI, Cruz Juvenal Roa.
Ante ello, en conferencia de prensa los diputados de Morena Mario Delgado y Pablo Gómez, dejaron en claro que no se quita el fuero, pero que, con esta reforma a la Constitución, sí se busca terminar con el esquema de impunidad que actualmente protege al Presidente de la República, “que impide que, durante el tiempo de su cargo, sea procesado y sentenciado penalmente”.
El dictamen fue devuelto a la Cámara de Senadores, quienes tendrán que ratificar las modificaciones hechas por sus pares, y en caso aprobarlas, tendría que enviarse a los Congresos estatales, pues al ser una reforma constitucional, necesita el aval de la mitad más uno de las entidades federativas.