Extiende CJF paro en juzgados y tribunales
CIUDAD DE MÉXICO, 10 de febrero de 2019.- Una medida cautelar de urgencia de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) fue solicitada a efecto de no interrumpir los servicios y medicamentos que se les prestan a los familiares de las víctimas de la Guardería ABC.
Germán Martínez Cázares, director del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) señaló que el organismo es respetuoso de las leyes, sin embargo, acudió este domingo a la CNDH porque en este caso necesita un aval para responder por las víctimas de la tragedia que cobró la vida de 49 niños y otros 106 resultaron heridos durante el incendio registrado en Hermosillo, Sonora.
“No quiero que se interprete nada fuera de la Ley y el IMSS en ese sentido está para cumplir la Ley pero yo necesito una intervención urgente de la CNDH para que todos los familiares estén atendidos, para que se repare el daño, para que no corra riesgo la salud de ninguno de los familiares y no se revictimice”, apuntó al salir de la Comisión, con documento en mano.
Según Martínez Cázares no se ha interrumpido este servicio a los sobrevivientes, sino a los familiares por un procedimiento sancionador de la Auditoría Superior de la Federación (ASF).
“Para que todos los familiares estén atendidos y no corra el riesgo de la salud de ninguno de los familiares, y que no se revictimice a las familias de niñas y niños que perdieron la vida en la Guardería ABC”, afirmó.
De acuerdo al director del Seguro Social, se va a reparar el daño con los servicios médicos que se estaban dando y se interrumpieron derivado de dicho proceso de la ASF.
“No debe caber duda de que estamos al lado de las víctimas, no queremos que haya pretexto burocrático que evite darles a todos los servicios subrogados que se habían estado dando y que se interrumpieron porque la Auditoría Superior de la Federación ordenó que se dieran Procedimientos de Responsabilidad Administrativa Sancionadora”, dijo.
La reparación se refiere a servicios de asistencia, hospitalarios y medicamentos que llegan a requerir los familiares, y puntualizó que en el caso de los sobrevivientes, este procedimiento sancionador de la ASF nunca interrumpió su atención.
En el documento que entregó a la Comisión se señala que todas las autoridades tienen, en el ámbito de su competencia, la obligación constitucional de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad. El Estado debe prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones de derechos humanos en los términos que establezca la ley.
“Con el fin de no interrumpir los servicios que los familiares de las víctimas solicitamos la intervención de la CNDH ante las autoridades fiscalizadoras arriba citadas, a fin de que emita la medida cautelar correspondiente a efecto de que se nos permita brindar estos servicios con continuidad, en tanto se atienden satisfactoriamente las observaciones y recomendaciones, sin incurrir así en las responsabilidad, que establecen los artículos 43 de la ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, en relación con los artículos 6°, 7° fracciones I, III, V y VI y VII, 57 y 63 de la Ley General de Responsabilidad Administrativas”, refiere el escrito.